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toexcar
20/12/2017 00:48

Incumplimiento del presidente

¿Cómo puedo solucionar la deuda de un vecino moroso en mi comunidad?

1.196 lecturas | 1 respuestas

En mi comunidad hay un sr que ocupa una vivienda prestada parece ser que por el propietario, pero tiene deudas con la comunidad que en reiteradas ocasiones se lo he dicho al presidente pero debido al caracter de áquel parece ser que hasta le han cogido temor, y en una junta que se celebró en junio pasado yo volvi a echarle en cara su deuda( el resto de los propietarios pasaban del tema) llegó hasta tal punto que este señor me insultó gravemente pues incluso tuve que llamar a la policia, pasa el tiempo y seguimos igual pues yo en más de una ocasión he demostrado estar en posesión de la razón ya que soy el UNICO propietario que se ha preocupado del tema pues fuí a la entidad bancaria para que me dieran los extractos de la cuenta desde el 2008 y con ello he podido comprobar estar en posesión de la razón pero con ella me quedo ya que excepto uno de los propietarios que me apoya pues hemos hecho juntos las cuentas y son tal cual lo digo yo,pero  el resto de propietarios  dicen aquello de “ no tener ganas de lios”.

Además de este sr. hay dos más que igualmente son morosos, se acordó en una junta la deuda y que aumentará más pues el proximo dia 5 de enero hay que hacer el pago de una derrama y más vale que me equivoque pero seguirán sin pagar, y la deuda logicamente aumentará.  A todo esto , las preguntas que agradecería me aclaran son las siguientes:

1.-¿ En el primer caso yo puedo dirigirme a la asesoría jurídica del seguro de la comunidad y que sea esta quien haga lo que proceda ó tiene que ser unicamente el presidente?.

2.- ¿ En caso de mala gestión como está sucediendo, el presidente carece de responsabilidad? pues hace más de un mes que ya se tenia que haber iniciado la demanda por juicio verbal en reclamación de cantidad.

3.- ¿ Que ocurriria si llegado el mes de junio que es cuando habrá cambio de presidente y no se hubiera hecho nada  , si el nuevo presidente alegara que ese problema es del presidente anterior?¿de quien es la responsabilidad si la hubiera y que pasos habría que hacer para “obligarles” a que cumplan con su obligación?. Muchas gracias y Felices Fiestas .

 

 
Asoin
Asoin
20/12/2017 11:27

Buenos días. En mi opinión, espero que te sirva de ayuda , una asesoría jurídica del seguro de la comunidad  no creo que cubra las reclamaciones judiciales de cantidad (habría que ver la póliza) . Más bien el asesoramiento jurídico del seguro está para algunas preguntas a modo de orientación pero ya las actuaciones deberán ser contratadas con letrados. 

En segundo lugar, el presidente es quién actúa en nombre de la comunidad pero la interposición de una demanda de reclamación la aprueban por mayoría en junta los propietarios, con lo cual si se aprueba es generalmente el administrador o el letrado quién demandará. 

Si la deuda la quieren reclamar por un procedimiento monitorio y la cantidad es inferior a dos mil euros, si podría interponerla alquien que no sea abogado y podría pasar que fuera el presidente si así se ha decidido. En ese caso podrían requerirle para que dé explicaciones si no puso la demanda pero no habría problema que la demanda la pusiera otro (ahora con la nueva legislación precriben a los 5 años). Por tanto, no veo mayor responsabilidad. 

En resumen, el presidente actúa en nombre de la comunidad pero no tiene un cometido concreto de poner demandas . Yo creo que es recomendable acudir a un profesional. Se quitan de problemas y gasto de tiempo y compensa económicamente ya que la deuda y gastos judiciales se la cobrarían al moroso.  Vayan al grano y si se aprueba una reclamación de cantidad interpongan una demanda sin darle más vueltas. Si tienen un gestor o un administrador no tendrán problemas y si el actual presidente no colabora, ahora con el cambio actúen a través del nuevo presidente.

Si no funciona el administrador que tengan, convoquen una reunión extraordinaria (25% de los propietarios) y procedan al cambio hasta que pongan en orden las deudas comunitarias. Este problema no se resuelve hablando con el deudor (salvo que éste tenga buena voluntad y se dirija a la comunidad con una propuesta seria de pagos parciales) , por lo que se soluciona poniendo la demanda y que la justicia , aunque lenta, actúe. Saludos.  

 

 

Fin del hilo
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