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A
altote
07/03/2018 18:05

1 o 3 los años a los que queda afecto al pago un inmueble en las deudas en la Comunidad?

¿Durante cuantos años queda afecto un inmueble por deudas en la comunidad?

3.927 lecturas | 6 respuestas

Me gustaría que alguien pudiera confirmar si estoy en lo cierto. He estado leyendo la ley 8/1999 de reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio sobre propiedad horizontal. En su articulo 5, letra e, tercer párrafo, dice "El adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal, incluso con título inscrito en el Registro de la Propiedad, responde con el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y al año natural inmediatamente anterior. El piso o local estará legalmente afecto al cumplimiento de esta obligación. "
Por tanto según esta modificación del articulo 9.1 de la LPH, entiendo que no son 3 años sino 1 como dice el art. 5 de esta ley que es más reciente, pero como soy un profano en legislación me gustaría que un profesional pudiera corroborarlo, por si hubiera alguna otra ley o norma que diga otra cosa.

Muchas gracias.

 
A
altote
09/03/2018 19:34

Muchas gracias Causae_Fincas, mi intención no es llegar a tribunales, simplemente quiero cumplir con mi obligación pero en su justa medida, si tengo que pagar pagare pero los 3 años anteriores y el actual, ahora que la derrama que me quieren cobrar tambien que fue aprobada en junta en el año 2014 y que se puso al cobro durante ese año, creía no tener el deber de pagar, aunque tras leer el artículo que ha puesto pasacero me ha hecho dudar, según se interprete puedo entender una cosa u otra.

En fin espero saber al fin si me corresponde o no pagar tambien la derrama.

 

Fin del hilo
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