Volver al foro
C
carmenana2
27/05/2018 11:06

AMENAZAS E INSULTOS A PRESIDENTA COMUNIDAD EN SU CASA

¿Cómo denunciar el acoso de dos propietarios?

4.330 lecturas | 7 respuestas

A la presidenta de mi comunidad ayer los dueños de 2 pisos turísticos ilegales y denunciados atacaron en la puerta de su piso amenazandola e insultandola todo delante de un niño de 3 años . Timbraron a la puerta del piso y cuando abrió entraron , impidieron que cerrará con pies y piernas y la amenazaron e insultaron . Aún no ha hecho la denuncia porque está en shock. La denuncia debe ser como presidenta de la comunidad entiendo puesto que es por su función como tal por lo que la han atacado . Como debe hacerlo .

Gracias 

 
carolinevega
carolinevega
11/08/2018 14:49


No creo que este blog deba servir para escaparate de propaganda

 
carolinevega
carolinevega
22/07/2018 16:04

BE MAD

y los problemas no creo que sean necesario expecificarlos, creo que un lector minimamente inteligente sabra de que se tratan

 
BOIRA_A
BOIRA_A
22/07/2018 12:41

De que caderna y que conflictos desean sacar a la luz?

 
P
PROGRAMATM
22/06/2018 12:18

Hola,

Soy redactora de un programa de televisión. Estamos realizando un reportaje sobre conflictos en las comunidades de vecinos para intentar ayudar a quienes los sufren. Si quieren participar, pueden contactar conmigo por WhatsApp en el teléfono 620 75 24 23.

Un saludo.

 
C
carmenana2
02/06/2018 13:15

Muchas gracias por contestar

 
P
Propietario28
30/05/2018 10:20

Supongo que si los pisos han sido denunciados por actividades ilegales, no ha sido una decisión única y exclusiva de la presidenta, sino de toda la comunidad de vecinos y también supongo que dichas denuncias se habrán presentado por las molestias que se originan a los vecinos.

Esto de los pisos turísticos se está yendo de las manos y como no se regule pronto, va a ser un grave problema para los propietarios de sus viviendas por la falta de escrúpulos de unos propietarios que únicamente quieren sacar dinero a costa de utilizar de forma ilegal su propiedad.

No sé si en la próxima reunión sería conveniente plantear el incluir en los estatutos de la comunidad la prohibición de destinar las viviendas a este tipo de fin, aunque para modificar los estatutos, si no me equivoco, debe haber unanimidad y los que tienen este tipo de viviendas no van a votar a favor.

 
F
Fixin
29/05/2018 14:35

Pues depende del tipo de amenaza que haya sufrido … el art. 169 CP recoge que “ El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:

1º) Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.

Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.

2º) Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.”

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento