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Votos delegados

¿Pueden delegarse votos de una junta extraordinaria a un administrador vecino?

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Se le pueden delegar los votos de una junta extraordinaria a un administrador siendo este mismo vecino del mismo? Tengo entendido que solo puede ejercer como administrador y no como vecino, así que los votos delegados no serían legales. Me pueden informar de este tema? En mi comunidad la Administradora es una vecina y ella se maneja los votos y las fechas de las reuniones a su antojo, es una comunidad de segunda residencia y siempre que se hace una junta extraordinaria es en la fecha que menos gente puede ir, y así ella tiene más votos.

Muchas gracias

 

No hay ningún problema para que un propietario lleve la administración de una comunidad.  Las funciones de Administrador las cumple como tal y, además, puede opinar y votar como propietario y representar a los propietarios que quieran darle su representación.  ¿Que te lleva a pensar que actuar como Admministrador y como propietario pueden ser incompatibles?

 
Por supuesto, cada cosa es independiente.
 

Muchas Gracias, pero puede esta persona ejercer las dos funciones a la vez?? Como administradora y como vecina?? 

 
La representación se le puede dar a cualquier persona.
Que sea administradora, vecina, abogada o enfermera no importa.
 

Fin del hilo
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