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toexcar
10/07/2018 01:22

voto delegado

¿Puede un propietario delegar su voto de asistencia a una junta a una persona ajena a la comunidad? ¿Puede el presidente de la comunidad delegar su voto a otra persona en su ausencia?

1.991 lecturas | 7 respuestas

Agradeceria mi indicaran si un propietario puede delegar su voto de asistencia a una junta a una persona ajena a la comunidad aunque sea familiar directo, y por otra parte si ese propietario al que proximamente le toca por turno ser el presidente de la comunidad si puede delegar su voto a la asistencia a las juntas a otra persona en calidad de presidente ante su ausencia por motivos personales ó de cualquier otro indole, y en que articulos de la LPH lo indica. Gracias

 
F
Fixin
16/07/2018 08:35

PEPE123 dijo:
"Pero ese no es el tema. Lo que se pregunta es si está obligado o no a representar a alguien porque se lo pida."
Racaor, ¿quién ha preguntado eso?

He tenido que leer la consulta un par de veces porque me he hecho la misma pregunta … en fin.

 
P
PEPE123
14/07/2018 21:48
Racaor, estás tan obcecado en intentar tener la razón que has equivocado este hilo con el titulado "representación en junta ordinaria". Allí SI se plantea si es obligatorio asumir la representación.
Me recuerdas a algún forero que pasó antaño por aquí, queriendo ser siempre el más listo, tener protagonismo, y tener siempre la razón, y que acabó por abandonar en cuanto se le vió el plumero, y se dió cuenta de ello, que es lo que te va a pasar a tí.

 
P
PEPE123
14/07/2018 21:26
"Pero ese no es el tema. Lo que se pregunta es si está obligado o no a representar a alguien porque se lo pida."
Racaor, ¿quién ha preguntado eso?
Aprende a leer, toexcar pregunta si puede delegar, nada más.
Y en cuanto a tu última intervención no aporta nada, salvo repetir lo que ya habíamos dicho previamente, concretamente yo lo había explicado, con el matiz de Fixin respecto el vicepresidente.
 
P
PEPE123
10/07/2018 10:15
Correcto, esa es una de las funciones del vicepresidente, sustituir al presidente.
 
F
Fixin
10/07/2018 09:39

PEPE123 dijo:
Como propietario puede delegar su voto en quien quiera.
El cargo de presidente es indelegable. Si no puede asistir a una junta hay que nombrar un propietario que actúe de presidente SOLO para esa junta.

O que presida la junta el vicepresidente

 
carolinevega
carolinevega
10/07/2018 07:34

Pero como usted seria presidente, podria no convocarla, o convocarla el dia y la hora que usted crea conveniente, si no hay nada regulado.

 

 
P
PEPE123
10/07/2018 01:48
Como propietario puede delegar su voto en quien quiera.
El cargo de presidente es indelegable. Si no puede asistir a una junta hay que nombrar un propietario que actúe de presidente SOLO para esa junta.
 

Fin del hilo
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