Hola, os agradecerías si me podéis aclarar lo siguiente, un propietario A, delega su voto a propietario B y luego el B, decide, no ir a la junta y delegar votos, el suyo está claro que lo puede delegar, pero el que le ha delegado A, puede también delegarlo junto con el suyo?, o lo correcto sería devolvérselo a A, comunicándole que como no va a asistir se lo devuelve para que A decida a quien desea delegar el voto. En caso de que B lo entregue a otro propietario ese voto debería ser nulo? Gracias.