Los gastos de toda comunidad de propietarios reflejados en las facturas deben ser una información totalmente transparente y accesible a cualquier vecino que desee consultarlos, y el administrador deberá facilitar esos datos cuando se lo demanden.
El artículo 20.e) de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que entre las funciones del administrador está la de "actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad". Parece, pues, claro que cualquier propietario le podrá requerir en todo momento la documentación de la Comunidad que tiene la obligación de custodiar, como cuentas, facturas, recibos, etc.