a mi no tiene que pedirme disculpas, pero esa aclaración hubiera sido interesante ponerla antes, porque entonces pueden surjir dudas como ha ocurrido.
aquí no se ofende a nadie porque otra persona desconozca la LPH, pero si que es importante que una profesional de la administracción no tenga esas dudas, y sabe porqué? porqué aquí constantemente vemos las barbaridades que cometen algunos profesionales en junta, y al final metemos a todos en el mismo saco
un profesional de la administracción en un blog es un referente y usted no se puede permitir esos deslices
es de toda lógica que en la convocatoria se tenga que poner quien es el moroso, porque si no como se sabe si tiene derecho a voto o no?
y si leemos la última parte del párrafo del art.15.2 que dice : $$cuya persona y cuota de participación en la comunidad no será computada a efectos de alcanzar las mayorías exigidas en esta Ley$$,
el cómputo de voto se realiza en la junta no despues, por ello es necesario conocer quien es el moroso
y una simple aclaración, no se confunda pero si me ha metido en el colectivo de eruditas, unicamente soy una simple aficionada que tambien ha cometido errores, pero yo si puedo permitirme el fallo de ignorar puntos y de equivocarme dado que no tengo nada que ver con la administracción, y usted no