Lo que no llego a entender es como un propietario puede tener conocimiento de lo tratado en junta.
Si dice que va a impugnar, pues que impugne, un propietario no puede hacerlo al menos wue sea un tema contra él y que el propietario no quiera impugnar.
Las actas no se celebran
Se celebran las juntas y luego se redacta un acta y se remite, y no tiene tiempo estipulado para su envio.
Que quiere decir con
Tercera : ¿ que trámites hay que llevar a cabo si fuera el propietario quien la llevara a cabo, aunque lo dudo pues JAMAS ha dado la cara en ninguna junta de las que se han llevado a cabo desde hace muchos años? Gracias de antemano
No entiendo su pregunta, y creo que desconoce lo que significa impugnar
Usted sabe donde y como se impugna?