Nuevamente rudolfito vuelve errar dado que habla a tontas y a locas.
Amungar habla de alquilar un espacio comunitario a una empresa para que instale una antena de telecomunicacion, y para ello la LPH lo regula en el art. 17.3. Y rudolfito lo confunde con el art. 17.1 que regula la instalacion para el acceso de los propietarios al servicio de telecomunicaciones.
Claro que este error es comprensible viniendo de rudolfito, lo dije el otro día me da ternura sus meteduras de pata.
Espero con ansia su contestación, claro que si fuese inteligente haría lo que en Belinda hace Jane Wyman de Jean Negulesco