Buenas tardes, poseo unas cuotas indivisas de un sótano con pagos de cuotas en los elementos comunes Se accede con entrada propia por un local en la planta baja que pertenece a una casa. Para acceder al sótanos hay que descender unas escaleras.
Los propietarios de las viviendas que tienen acceso por el portal totalmente independiente quieren que paguemos el ascensor, sin que este baje al sótano.
He leído art donde no exime del pago por no uso del ascensor, pero, por no quitar todas las barreras arquitectónicas y dejarnos las escaleras de acceso al sótano,podríamos negarnos al pago del ascensor?
Gracias