Pues el justificante depende del comprador
En el instrumento público mediante el que se transmita, por cualquier título, la vivienda o local el transmitente deberá declarar hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios o expresar los que adeude. El transmitente deberá aportar en este momento certificación sobre el estado de deudas con la comunidad coincidente con su declaración, sin la cual no podrá autorizarse el otorgamiento del documento público, salvo que fuese expresamente exonerado de esta obligación por el adquirente. La certificación será emitida en el plazo máximo de siete días naturales desde su solicitud por quien ejerza las funciones de Secretario, con el visto bueno del Presidente, quienes responderán, en caso de culpa o negligencia, de la exactitud de los datos consignados en la misma y de los perjuicios causados por el retraso en su emisión.
ahora debe entrar usted en el juego.
Si no le manda el certificado, le puede denunciar, pero yo como usted es la presidenta haga el documento y aporte el acta dónde se muestra su nombramiento.y tambien demuestra wue no es morosa, si es necesario mostraria los ingresos
Mi consejo ahora es jorobar a la comunidad.
Recoja la documentación, exijiendo y firmado lo que le entegan si es que se la dan en mano. Si la documentación sigue por la escalera ls recoje y mira que casualudad en el traslado de la vivienda la documentacion se ha extraviado, "que fatalidad"
Preguntele cual es la documentación oficial y cual es la documentacion que debe de estar en su poder, y como ésta no es oficial su perdida no causara ningun perguicio a la comunidad