Aquí un nuevo capítulo de mi lucha, resulta que la señora administradora no está por la labor de facilitar la documentación que yo como presidente y en apoyo de otros propietarios le pedimos, le pido por email, como no suele contestar le envío un burofax y alguna me entrega, he podido ver varios digamos errores, como que nos han cargado importes incorrectos de la luz de la escalera durante el 2018, algún recibo de servicios duplicado del año 2016, de aquí que le pida facturas del 2017 y las liquidaciones del 2014-2015, y otras cosas que van saliendo, es que no cuadran ni los 347 como he puesto en otro email.
Aqui la respuesta de la señora administradora.

Le he pedido también que me facilite los datos de comunicación de aquellos que no viven en el edificio para convocar nosotros, los vecinos que estamos de acuerdo en ello una junta extraordinaria, le he adjuntado respuesta de la propia AEPD que nos da la razón en que el presidente puede recibir esa documentación siempre que se utilice para los fines propios de la comunidad.
Le recuerdo siempre que es mi obligación velar por el correcto funcionamiento de la comunidad, así como velar por que el secretario administrador cumpla con sus funciones de forma correcta, según cita el articulo 553-16 del código civil de Cataluña.
Como veis, es ella la que decide cuando se hace una junta.
Como es de comprender, cuando ella decide enviarme una documentación yo ya no insisto mas sobre la misma
os adjunto su respuesta amenazándome de que me demanda
Estoy que debo de contenerme para no perder los nervios
A ver que os padece
Un saludo a todos