Ante lo embarullado y entrecortado que he visto el tema al repasar las conversaciones, voy a intentar reproducirlo de forma cronológica y clara:
En una Comunidad Propietarios con 2 portales (X: 8 pisos e Y: 16 pisos) y 4 locales, los Estatutos originales establecían que en los gastos de los portales tenían que participar (por cuota) todos los propietarios, indistintamente del portal al que perteneciesen los pisos o que la propiedad fuese uno de los locales.
Se modificaron los Estatutos de la Comunidad general por unanimidad para que los gastos de cada portal corrieran a cargo de los propietarios de pisos del portal correspondiente; y para que los propietarios de los 4 locales quedaran exentos de los gastos de los portales a cambio de:
- A/ financiar la mitad del presupuesto de un salvaescaleras en la que sería Subcomunidad Propietarios portal Y de 16 propietarios (no era factible la bajada de ascensor a nivel de calle): obra ya realizada.
- B/ ceder el espacio necesario para realizar la obra de bajada de ascensor a nivel de calle (actualmente parte de un rellano al que se accede por 11 escalones) en la que sería Subcomunidad Propietarios portal X de 8 propietarios (coincide que 2 de estos propietarios son también propietarios de 2 de los locales): obra pendiente de ejecución.
En Junta de Abril-2013 de la Subcomunidad Propietarios portal X para eliminar las barreras arquitectónicas a la que asistieron 6 de los 8 propietarios de los pisos, se aprobó poner ascensor nuevo (el actual está fuera de norma con requerimiento de Industria de subsanar defectos importantes) y realizar la obra de bajada del ascensor a nivel de calle: 4 votos a favor (1 con MINUSVALÍA reconocida oficialmente) y 2 votos en contra (los de los 2 propietarios que son también propietarios de 2 de los locales). Comunicado el Acuerdo a los 2 propietarios que no asistieron, uno votó en contra y el otro no se pronunció, con lo que el resultado final fue: 5 votos a favor y 3 votos en contra.
En Junta de Octubre-13 de la Subcomunidad Propietarios portal X para inicio de la obra y establecimiento de fechas de pago, los 3 votos en contra del Acuerdo plantearon la posibilidad de ejecutarlo en dos fases:
- 1ª: sustitución del ascensor actual por uno nuevo con el recorrido actual.
- 2ª: realizar la obra de bajada del ascensor a nivel de calle en plazo a determinar y consultar a otra empresa presupuesto más económico.
A esta propuesta se sumó el propietario que no se pronunció en su momento. Como manifestaron no estar dispuestos a asumir el Acuerdo de otra forma y para evitar, por parte de los 4 propietarios a favor del Acuerdo ya aprobado, enfrentamientos e intentar llegar a una solución sin conflictos, se convocó nueva Junta con ese orden del día.
En Junta de Noviembre-13 de la Subcomunidad Propietarios portal X, por parte de los 4 propietarios favorables al acuerdo se contempló la posibilidad de aceptar cambios en las características del ascensor aprobado, a cambio de que los otros 4 propietarios contrarios al acuerdo facilitasen la ejecución de la obra de eliminación de barreras arquitectónicas en fecha a determinar. Sin embargo, los 4 propietarios contrarios al Acuerdo se negaron en todo momento a establecer una fecha o un plazo para la ejecución de ese Acuerdo de obra de Abril-13 (¿1 año? ¿3, 5, 10, ...?: "cuando se pueda; cuando venga bien; cuando mejoren las cosas; ..."), por lo que no hubo posibilidad de nuevo Acuerdo.
El siguiente paso ha sido la convocatoria por esos 4 propietarios contrarios al Acuerdo de Junta de Enero-14 de la Subcomunidad Propietarios portal X para, según orden del día:
- 1º/ revocación total del Acuerdo anterior de Abril-13
- 2º/ cumplir con los requerimientos de Industria en el ascensor actual
- 3º/ estudiar otras posibilidades de eliminar las barreras arquitectónicas
El punto 1º/ se votó 4 a favor y 4 en contra. Los 4 a favor de la revocación entendían que, al tener un pequeño porcentaje más de cuotas de participación, tenían mayoría y quedaba revocado el Acuerdo. El Administrador-Secretario les explicó que no cumplían con el requisito de "mayoría de propietarios".
El punto 2º/ (querían "hacer lo que pide Industria, el mínimo") quedó en el aire (4 votos a 4: sin "mayoría de propietarios"), al explicarles el contrasentido de gastar dinero en el ascensor viejo cuando está aprobado cambiarlo.
En el punto 3º/ manifestaron que su intención era, una vez hecho el mínimo del punto anterior, que pasaran los 4 años hasta que tocase revisión del ascensor y entonces valorar el cortar parte de los 11 peldaños y salvarlos hasta el rellano con un elevador y ahí hacer transbordo y pasar a coger el ascensor (debido a las características del portal, no se puede poner rampa ni salvaescaleras).
Proponen convocar nueva Junta con esa propuesta y la información que la avale para adjuntarla en la citación/convocatoria y que la tengan 4 de los propietarios no presentes (que votaban por representación). Está pendiente de celebrar.
En resumen, que tenemos el Acuerdo de Abril-13 aprobado por 5 votos a favor y 3 en contra, pero a la hora de ejecutarlo estamos con 4 votos a favor y 4 en contra.
Ante la evidencia de que todo el interés de los 4 propietarios en contra del Acuerdo de Abril-13 existente es anularlo (para lo que intentan que se adopte algún Acuerdo nuevo que lo sustituya, cada vez con propuestas más limitadoras: no ascensor nuevo, no obra bajada ascensor a nivel de calle, ...), y como no se alcanza la doble mayoría necesaria, ni seguramente se alcanzará en la nueva Junta pendiente, planteaba la cuestión del Juicio de Equidad contemplado en el Art. 17-Ley PH y su acceso y aplicación para que el Juez resuelva con equidad, sin que suponga un quebranto económico para quienes consideramos que ese Acuerdo de Abril-13 es vigente y ejecutable.
Como es lógico, los 4 propietarios favorables al Acuerdo nos sentimos toreados y engañados:
- los 2 propietarios de piso y propietarios a su vez de local en la votación unánime de modificación de Estatutos quedaron exentos de los gastos del portal y ahora se oponen a la obra que motivo ese acuerdo de modificación (para optar por el elevador/salvaescaleras, tendría que haberse contemplado en los Estatutos y, al igual que en el otro portal Y, haberse financiado por los propietarios de los 4 locales el 50%).
- los 4 propietarios contrarios al Acuerdo Abril-13 ofrecen "darnos" el sustituir el ascensor por otro nuevo con el recorrido actual (aunque con modificaciones restrictivas de amplitud, acceso de puertas, seguridad, ...), y la obra de bajada a nivel de calle "ya se hará" (en todo momento se niegan a establecer fecha de ejecución).
- finalmente ya reconocen que todo su interés es gastar el mínimo dinero para cumplir con la Ley, aunque admiten el beneficio de revalorización del importe de sus propiedades que supondría la ejecución del Acuerdo (aquí es importante señalar que PARA ESOS 4 PROPIETARIOS CONTRARIOS AL ACUERDO SUS PISOS NO CONSTITUYEN 1ª VIVIENDA. Incluso 2 los tienen alquilados).
- la actitud de esos 4 propietarios contrarios al Acuerdo es de prepotencia y desprecio: "pues a ver por dónde tiráis, no pensamos poner un duro. Si queréis gastaros un dineral en abogados, vosotros veréis. A ver con qué pagáis luego la obra.", "con la de niños que hay muriendo de hambre en el mundo y vosotros pensando en tirar el dinero", "para cuatro días que vengo, me viene bien subir escaleras", "si me lo pagáis vosotros, adelante", "aquí eso no se va a hacer, y no hay más que hablar", ...
En fin, que al atasco de la Subcomunidad Propietarios portal X no se le ve solución. Insisto: de ahí nuestro interés en el JUICIO DE EQUIDAD. Gracias por el interés y la dedicación al conflicto, y por el intento de aportar información.