Hola
Con pisos ya vendidos en contrato privado y sin estatutos depositados en el Registro ¿puede obligarme a firmar sus estatutos de constitución de la comunidad? En los contratos de compra venta ha puesto la siguiente cláusula aunque no se refiere expresamente a los estatutos
"La parte compradora autoriza a la vendedora para realizar todos aquellos actos jurídicos de creación, modificación o subsanación de derechos constituidos, en relación con el proyecto o la construcción, absolutamente necesarios por decisiones de la autoridad urbanística, constitución de servidumbres activas o pasivas convenientes, o segregación o cesiones necesarias a favor de empresas suministradoras."
Un saludo