primeramente gracias por la respuesta, pero no entiendo ciertas afirmaciones. cuando dice que no se puede votar la demanda xq no estan los 3/5 de propietarios presentes, no se si esta citando lo que yo he dicho o si esta afirmando que por no estar los 3/5 no es posible. cuando dice que no se de donde saca esa afirmacion, y que solo hace falta la mayora simple, no se si se esta refiriendo a mi pregunta, o si esta afirmando que en este caso la votacion se tenia que haber realizado ya que en segunda solo hace falta mayoria simple de los presentes. Por estos medios se malinterpretan las palabras, por lo que no se si en todo esto esta haciendo referencia a lo que yo digo, o si esta afirmando como es lo correcto. sigo en duda.
primeramente se hizo obra sin autorizacion, posteriormente se llego acuerdo con administrador como que la obra no se hubiera realizado para posible autorizacion, para que estuviera todo legal, ya que en un primer momento por error, no se pidio autorizacion, ya que el perjudicado entendio que al poner en escritura que era patio privativo, no necesitaba esta.
sigo sin saber cual es lo correcto. primeramente no se si se pudo votar ono, ya que sigo sin saber si hace falta en segunda convocatoria mayoria simple de presentes, o se sigue necestiando los 3/5 de todos los propietarios, o si se necesitan los 3/5 de los presentes.
a ver si me entiende, esta obra se intenta autorizar a posteori, por error comentado. ya esta finalizada, y entonces administrador dice que no se puede llevar a votacion porque no hay quorum de 3/5 de propietarios, a esas juntas nunca va nadie, por lo que se expone que si nunca va quorum necesario pues nunca se aprueba nada. y dicen que si, que por eso es importante que asista todo el mundo. al no poder votar esta autorizacion por no quorum, pues si que a continuacion se vota segundo punto, que es demandar a los que hacen obra, y esto si se puede votar xq no requiere mayorias de 3/5 sino simple de presentes. la gente entiende que aunque esta obra no esta autorizada pues no es problematica y no quieren ir contra propietario, con lo que no quieren demandar, por lo que el resultado de todo esto al final es que aunque no se haya aprobado, se entiende aprobado xq no se va a denunciar.
segun consultas, me dicen que es imposible que alguien denuncie por uno mismo, porque esto es un tema de vecinos y que para denunciar hay que hablarlo en junta, y en este caso no ha salido que se pueda denunciar. si alguien denuncia a tema pesonal un tema comunitario dicen expertos que no va a ningun lado. otra cosa es denuncia personal por otro motivo, pero no por un tema comunal que se ha hablado en junta.
ilegal creo que no es la palabra, ya que todas las obras aunque modifiquen elementos comunes, pueden hacerse siempre que se autoricen, en este caso no puede ser llegal porque nunca se ha desautorizado, si nunca hay quorum nada se puede hacer y perdurara en el tiempo.
aclareme todo lo que expongo, gracias.