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Cese administrador

¿Se puede convocar una junta extraordinaria para cambiar de administrador?

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Hola. Como presidente de mi comunidad, quiero convocar una junta extraordinaria para cambiar de administrador. Me esta dando muchos problemas al tomar decisiones por su cuenta sin el conocimiento y aprobación de los vecinos, el ultimo ha sido el querer hacer una derrama por su cuenta. El caso es que le he solicitado el contrato para conocer las condiciones y me ha contestado lo siguiente......
"Los contratos con la administración son tácitos desde que se contrata y aprueba en junta, y las renovaciones se realizan en las juntas ordinarias, por lo que actualmente estaría renovado hasta la próxima junta ordinaria".
Y termina diciendo que lo formalizará en papel y me lo hará llegar.
Yo quiero cambiar cuanto antes pero no sé si tendré penalización en este caso.
 

Buenos días, 

El contrato debe estar firmado por las dos partes (Administrador y Presidente de la Comunidad a fecha de la firma de contrato), por supuesto deberá aparecer la fecha de la firma del documento y contener las estipulaciones que se acordaran en su momento.

Como le indicaba en mi anterior e-mail los cargos de la Comunidad tiene una duración anual y lo normal es que en el Acta de la Junta Ordinaria se incluya la renovación de cargos, con lo que para evitar problemas y salvo concurrencia de justa causa que permita rescindir el contrato unilateralmente deberían esperar a la próxima Junta General Ordinaria para cesar a su Administrador.

Si van a cambiar de Administrador, y ya han pedido presupuesto o preven contratar a otro, que sea el compañero el que les asesore al respecto, no debería ponerles inconveniente.

Saludos,

 

Fin del hilo
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