cuando los que indicamos cosas en el foro usamos palabras y definiciones que no figuran textualmente en la LPH
la LPH no dice textualmente El cargo de presidente es indelegable
la LPH en su art 13.3 indicará
3. El Presidente ostentará legalmente la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten.
4. La existencia de Vicepresidentes será facultativa. Su nombramiento se realizará por el mismo procedimiento que el establecido para la designación del Presidente.
Corresponde al Vicepresidente, o a los Vicepresidentes por su orden, sustituir al Presidente en los casos de ausencia, vacante o imposibilidad de éste, así como asistirlo en el ejercicio de sus funciones en los términos que establezca la Junta de propietarios.
https://www.prevent.es/blog-mis-vecinos/7-funciones-del-presidente-de-una-comunidad-de-vecinos