Bienos días: Somos una Mancomunidad de 900 vecinos , pisos, locales,garajes, ademas accesos a la misma, jardines etc. En nuestro caso digamos, se han cambiado los estatutos dos veces, no por unanimidad, pero si en ambos casos aprobados en las juntas correspondientes, y segun los entendidos, en ambas ocasiones, al pasar mas de un año, sin haber impugnaciones a estos acuerdos, ¿Son válidos?. En la actualidad se quiere volver a cambiar los mismos, volviendo al inicial en el cual el conjunto del mismo, se hacia el cargo del mantenimiento de todas las aceras, como antes que, por cierto fue un desastre. En esta ultima junta la Mancomunidad quiere hacerlo, ¿Sigue en vigor la unidad y física de las 900 propiedades del conjunto, y que creo no pueden delegar en nadie?. Ahora que en nuestro caso una de las Comunidades, al hacer la Junta ¿Puede negarse a lo aprobado en la Junta del 13.2.20 de la Mancomunidad?. Gracias