En mi comunidad se aprobó el año pasado en una JGO, la explotación de un local común como chiringuito, y cobrar un servicio de hamacas. Ambas actividades comerciales, recaudan algo más de 6.000 euros anuales. Dicha recaudación se ingresa directamente en la cuenta de la comunidad.
¿Tenemos que declarar la parte que nos corresponda en la declaración de la renta, como ingresos obtenidos, o no es obligatorio?