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MargaretThatcher
MargaretThatcher
07/06/2020 13:12

Vecinos morosos profesionales

¿De qué manera se le deben reclamar las deudas a los morosos?

2.085 lecturas | 9 respuestas
Buenos días,

Vivo en una comunidad de vecinos cuyo edificio es propiedad de una empresa y todos los vecinos vivimos de alquiler. Tenemos varios morosos en el pago de las cuotas de la comunidad y son, por lo que he leído en internet, lo que se denominan morosos profesionales, es decir, que no pagan a conciencia, no por falta de recursos. Bien, acaba de publicar en el portal el señor que trabaja para la empresa propietaria del edificio un comunicado (este hombre no tiene culpa del documento, él es un empleado): subida de la cuota a los vecinos que sí pagan y están al corriente por el impago de los morosos... hay una deuda de un solo vecino que es de 1680€, y son otros 4 o 5 morosos más con cuantías inferiores, pero deudas al fin y al cabo. Los vecinos que sí pagamos, que somos mayoría puesto que es un edificio con setenta y tantas viviendas, no sabemos qué hacer para que paguen los morosos. Nosotros tenemos claro que no vamos a pagar lo de otros con esa subida que pretenden paguemos, pero al tratarse de todo alquileres y no haber como tal comunidad de propietarios, no sabemos cómo actuar para reclamar esa deuda y que paguen todos, porque pueden, es sabido en el edificio por todos que son impagos a mala leche. Si alguien nos pudiese ayudar asesorándonos lo agradeceríamos. Gracias y un saludo.
 
M
Mel19
07/06/2020 19:11

¿Entonces como se denomina a la propiedad que nos ocupa?

 
carolinevega
carolinevega
07/06/2020 18:39

un edificio puede ser de un único propietario y ser propiedad horizontal, porque en su ndía se los compró todos al promotor.

desconocemos lo que esta firmado en el contrato, desconocemos si existen presupuestos anuales, desconocemos todo porque Margarita no lo indica, aunque ahora dice que figura una cantidad en el contrato que cantidad indica?

 
M
Mel19
07/06/2020 18:22

 

 
MargaretThatcher
MargaretThatcher
07/06/2020 18:18
Gracias por su ayuda, en el contrato pone una cantidad estipulada en concepto de alquiler y otra en concepto de comunidad, lo que yo no veo legal (mejor dicho moral, legal tampoco me parece pero no es mi campo) es que recaiga sobre las personas que pagamos su deuda, pagar nosotros su comunidad, es de locos
 
M
Mel19
07/06/2020 17:15

Causae_Fincas dijo:

¿Propiedad vertical?. Decir eso y nada, es lo mismo.

¿Coacciones?. No me imagino qué tipo de coacciones pueden producirse. Eso es tener mucha imaginación.

Un edificio entero, donde todos los inmuebles son de una misma propiedad, es una propiedad vertical, es decir que carece de una cuota a pagar para los elementos comunes a mantener, o una normativa de comunidad de vecinos, y no está regida por la normativa de propiedad horizontal. Hablando claro, edificio con inmuebles (pisos y locales ) que se tienen que vender enteros como una unidad o solar.

Cuando hay varios inmuebles con distintos propietarios en un edificio, entonces hablamos de una propiedad horizontal. Me explico: al tener zonas comunes a compartir, tu piso es tuyo, pero también eres propietario de parte del edificio dónde vives. Eso es la propiedad horizontal, las partes comunes que pertenecen a varios propietarios. Siempre se rigen por unas normativas y unos estatutos, para garantizar la buena convivencia entre los vecinos.

Dos de los tipos de propiedades que existen, en la propiedad horizontal, que es lo que normalmente nos encontramos, hay que conocer bien que vecinos viven y normativas de la comunidad, cuotas a pagar, derramas pendientes,etc.

 

 
M
Mel19
07/06/2020 16:38

Su comunidad se rige por la propiedad vertical, Uds. son unos arrendatarios y no tienen que tener una cuota extra aparte de lo estipulado en contrato (precio del alquiler). los morosos si los hay, son morosos para el propietario no para los inquilinos, cosa que a Udes. no les incumbe para nada.

No tienen que hacer Uds nada, si a consecuencia de ello sufren alguna coacción, denúnciela en el juzgado de guardia.

 
MargaretThatcher
MargaretThatcher
07/06/2020 15:56
No, no tenemos juntas de vecinos. Los morosos sé que son de la empresa propietaria pero a quienes han subido las cuotas para cubrir la deuda de los morosos es a los vecinos que estamos al corriente en los pagos.
 
carolinevega
carolinevega
07/06/2020 15:12

Una aclaracion ustedes no tienen morosos, dado que la comunidad no es suya

 
carolinevega
carolinevega
07/06/2020 15:11

Las deudas a las comunidades son responsabilidad de los propietarios, no de los inquilinos,

Desconozco si en su contrato figura el abono de la cuota, cosa por otro lado no es normal que se haga.

Ustedes nunca podran reclamar esas deudas, dado que no son propietarios, y en caso de reclamacion es a los propietarios, a la comunidad no le importa para nada el acuerdo entre propietario e inquilino.

Una pregunta: ustedes realizan juntas? Si es que si, quien acude a ellas?

 

 

Fin del hilo
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