Volver al foro
I
isabelmgf
25/06/2020 18:24

Normas piscina de la comunidad en Nueva Normalidad

¿Puede el presidente imponer normas para el uso de la piscina sin antes consultarlo en junta?

2.163 lecturas | 10 respuestas

Buenas tardes: Acabo de recibir del administrador las normas de nuestra piscina puestas por el presidente sin ser aprobadas en ninguna junta de vecinos y entre varias cosas nos pone franjas horarias con un máximo de 2 horas al día y además tenemos que pedir cita previa con 24h de antelación. Nuestra piscina nunca llega al aforo máximo, está en muchas horas del día vacia. ¿puede el presidente por que le da la gana obligarnos a pedir cita previa con 24h de antelación y que sólo podamos estar un máximo de 2 h al día porque a el le da la gana? no se debiera de aprobar en una junta? Vivo en Tenerife y por lo que he leído no veo que en las normas de sanidad ni del estado esté contemplado en la nueva normalidad la obligación de franjas horarias ni petición de cita previa más aún cuando NUNCA se llena el 75% del aforo? Gracias por la ayuda

 
G
GregorioCuesta
05/07/2020 22:46
Tu presidente está come perros es el abuson del barrio
 
carolinevega
carolinevega
26/06/2020 14:42

Isabelmgf, ante el presidente dictador, levantamiento vecinal, entre a las siete y a las ocho se niega a irse

 
I
isabelmgf
26/06/2020 00:22

Os he hecho la pregunta porque desde que se puede abrir las piscinas comunitarias he intentado mediante email al adminisrador aportar soluciones para poder abrir la piscina con seguridad sanitaria y beneficio de todos los propietarios. Es una piscina donde el 30% de aforo en fase II es de 19 personas y en ningún momento hubo mas de 10 personas, pero aún así se abrió con sólo 2 franjas horarias que dictaminó el presidente(de 10 a 12 y de 14 a 16h) . Pedimos que abriese más franjas horarias pero hizo caso omiso. Ahora en ya la nueva normalidad vuelve a recalcar los turnos, horarios y con un máximo de 2 horas y creo que ya está bien de esta dictadura, si no se llena el aforo que necesidad tenemos de estar desde casa mirando para la piscina vacía porque al señor presidente se le ocurrió poner una restricción de 2 horas por propietario? eso no lo he leído en ningún documento oficial. Si he leído lo de medidas para el control del aforo como cita previa y franjas horarias pero se entiende que para piscinas con mucha gente que no es nuestro caso. En nuestras normas internas, porque no se dispone de estatutos, el horario de piscina en verano es de 10h hasta las 21h. Porque ahora a partir de las 20h no puedo ir porque lo dice el presidente?????? Muchas gracias a todos por vuestros comentarios que me son de gran ayuda para saber hasta donde puedo llegar legalmente.

 
carolinevega
carolinevega
26/06/2020 00:03

Es lógico y normal que nuestra posicion no sea identica, su aportacion en el blog como indica su nick la realiza como administrador, la mia es muy diferente, dado que yo cuando opino me tira mi vena de propietaria sobre todo cuando se quejan de la mala praxis del administrador del edificio donde tienen una propiedad

 

 
carolinevega
carolinevega
25/06/2020 23:50

Porque existen colectivos que no son proclives de reconocer que dentro de la ley la ultima palabra la tienen los propietarios?

Cuantas preguntas se han realizado aqui acerca de la directrices impuestas por administrador y presidente sin consensuar ni informar con los propietarios?

Si no que isabelmgf la mujer que abrió el hilo nos diga porque lo hizo

 
carolinevega
carolinevega
25/06/2020 23:10

https://adminfergal.es/las-limitaciones-como-presidente-de-una-comunidad-de-propietarios/

 
carolinevega
carolinevega
25/06/2020 23:04

La verdad que no se cual sería la actuación de la policia, pero el cruzarse de brazos, agachar la cabeza y meter el rabo entre las piernas, me crispas los nervios, me revelo y no conduce a nada, eso es el comportamiento del rebaño.

Para diego,: la norma se puede aprobar por unanimidad.

Usted cree normal que se acordase una norma entre los tres dictadores de la comunidad, que los inquilinos no podran utilizar el ascensor

 
I
isabelmgf
25/06/2020 22:18

Causae_Fincas dijo:

Si tiene intención de llamar a la policía, no se preocupe porque le diga la policía que se trata de un asunto de derecho privado entre particulares en el que no tienen competencia. Y si por una casualidad remota llegasen las diligencias policiales al Juzgado, tampoco se preocupe por el archivo del procedimiento.

Entiendo con su respuesta que opina igual que Carolinevega y que el presidente no es quien para dictar normas que no son aprobadas en junta, verdad?

 
D
diego669
25/06/2020 22:15

Buenas noches, otra duda, mi comunidad hay viviendas de alquiler y dicen que si se abre la piscina sería con la norma de solo a propietarios no a los inquilinos y ya sé que al alquilar pasan los derechos al inquilino pero dicen que no si es de esa manera no se abre. Mi pregunta : pueden hacer una “norma” interna donde solo puedan bañarse los propietarios ?

 
carolinevega
carolinevega
25/06/2020 20:11

pues efectivamente, el presidente, el de su comunidad de vecinos no es nadie para dictqar normas

escribalé al administrador y le indica que usted no tendrá en cuenta las normas dictadas de forma unilateral dado que deben ser aprobadas por la comunidad y en junta, y le advierte que en caso que se le prohiba la entrada llamará a la policia para que difienda sus derechos

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento