Un ayuntamiento quiere que se haga un proyecto común, para la reparación de una calle, impermabilización y asfaltado, con tres tipos de construcciones de los años 1968, 1976 y 1992 y evidentemente con patologías diferenciadas. Existe alguna ley que permita a un consistorio, pedir un proyector conjunto, cuando en la escrituras de obra nueva, de la construcción más moderna, que no tiene problemas estructurales, como las de las dos construcciones más antiguas y solamente humedades, se determina con claridad que se hará cargo del mantenimiento y conservación del trozo de calle correspondiente a su zona.