Aserval, esta usted muy equivocado, si que puedo hacer como Presidenta, y fue llamar a la policía. Esta señora después de mis consulta aquí, salió una mañana increpado a los operarios para q empezarán a las 9:00 cuando el horario de mi municipio para empezar obras es a las 8:00, y cuando llame a la policía para corroborar ese horario de las 8:00, me comentan q ha llamado varias veces intentando que fuera la policía a detener las reparaciones, sin resultado ya que la policía le dijo q era hora permitida y teníamos licencia. El policía me comentó que si volvía a molestar esta señora a los operarios o intentaba de nuevo impedir los trabajos, que le avisara yo a la policía de nuevo y ellos se personarían en la vivienda de esta señora para denunciarla. Así que su respuesta es incierta, a veces es mejor no contestar, antes q contestar lo que a uno le parece y confundir a las personas.
El comunero esta obligado a permitir las reparaciones q se deban realizar en la Comunidad, y más si esta aprobado en Junta, y debe permitir el acceso por su vivienda si fuera necesario para la mejora y mantener el buen Estado de conservacion....articulo 9 LPH.
El presidente podrá a percibir al comunero para que cese su actividad de impedir los trabajos.
Un saludo
Editado por BokeronacnsalerO 24/1/2021 7:37