Hola. Os escribo desde Madrid. Mi comunidad tiene una piscina común y somos unos 130 vecinos. Como una buena parte son mayores y no usan la piscina y/o tienen segundas residencias a las que van todo el verano, no quieren que se abra la piscina y tienen intención de someterlo a votación en la próxima reunión de vecinos, para de esta forma ahorrarse los costes abrir la piscina los meses de verano (mantenimiento, limpieza, socorrista, etc.) y dejarnos al resto de vecinos (sobre todo con niños pequeños) sin posibilidad de usar la piscina.
¿Esto es legal? En caso ser legal ¿se necesitaría 3/5 partes de los votos como dice el Art 17.3 que copio a continuación?
17.3 "El establecimiento o supresión de los servicios de portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, supongan o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirán el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación"
Muchas gracias.
Carolina