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Poder notarial representar Presidenta juicio

¿es posible representar el presidente mediante un poder notarial?

3.182 lecturas | 22 respuestas

Buenos días,

Mi madre ha sido nombrada Presidenta de la comunidad por turno rotatorio, y tenemos pendiente  un juicio por deficiencias de obra.

Por lo que he podido leer en este foro (antes de nada, gracias por aclarar las dudas) la Presidencia es indelegable como tal, aún así me han comentado que podría hacerme cargo yo con un poder notarial (por ejemplo, en este caso, para ir a juicio).

¿Es esto correcto? o ¿bajo ningún concepto es “representable” mi madre? (vamos, que aunque vaya yo a todas las gestiones: peritos/as, abogada… no podría firmar nada?...)

Muchas gracias.

Un saludo,

Bik

 

 

Buenas tardes, 

Perfecto, lo esperado entonces.

Muchísimas gracias. 

 
Vaya chapa, primo. Hace dos mensajes habías decidido no alimentar al Troll, jajajaja. Besos
 
Vaya, parece que no era soberbia sino obviedad. Jajajajaja vaya a otro foro que aquí ya le tienen muy visto. Eso sí, no olvide añadir la tilde que le falta en su próximo apodo. Venga, fiera ;)
 

otravezporaqui dijo:

Vaya, pues todavía me quedaba un poco de “carnaza”wink

 Lo mismo le queda, pero gente tan mal educada como usted no debería ni quedar ni una.

 
A
AltosMarbella

Normalmente en un juicio se requere que testifique una persona concreta, con nombre y apellido. Las partes pueden llamar a testificar – y el juez aceptar – al actual presindente, al de hace unos años o al portero.

No van a citar a la presindeta de la comunidad sino a su madre con nombre y apellidos. En ese caso usted no puede ir a testificar en su lugar. 

 
Egoli123 dijo que te echaron de otro foro, por aburrir a Maria Santísima con tus situaciones delirantes.
No sé si te echaron o no, pero que aburres con tus infumables ejercicios de pedantería, es muy cierto.
 
Yuhuuu!!! Es lo que quería. Ha sido un gustazo cansarle tanto como cansa usted al resto. Paz ?????
 
Algo debo reconocer y es que cuando copias y pegas escribes de maravilla. He repasado el mensaje donde escribes "solo" con tilde y, siento decirte, faltan dos palabras con tildes de ahí en adelante. A ver qué encuentras por internet sobre ellas. ¡Tú puedes!
 
Solo no se acentúa desde 2010. He dejado de leer ahí, es pedante a más no poder. Tiene un complejo serio con la cultura, capacidad intelectual... Hay profesionales que también pueden ayudarle con eso. No obstante, poco a poco, que veo que se agobia rápido.

Jajajaja, madre mía, su vida tiene pinta de ser apasionante...

Ánimo con esas clases.
 
Hablando de puntos... Un cursillo sobre signos de puntuación (además del de acentuación, claro) no le vendría mal. "NO no lleva tilde" jajajaaj ¡Saludos!
 
Que no se te olvide la tildeeee
 
Tranquilízate, que se te saltan los puntos.
Un beso :)
 
ABURRES. Y hago uso de la libertad a modo de mayúsculas que tanto hablas para que veas lo chorra que llegas a ser.

Saber mucho de algo no es sinónimo de inteligencia, saber responder adecuadamente, sí. (Siento abrirte los ojos)

Teniendo tanta capacidad lectora lo que no entiendo es cómo no percibes que la gente prefiere educación a ver gente como tú otravezporaqui (que tene tilde, cariño).

Si te molesta ayudar, es simple: no ayudes.

Un abrazo, vecinos
 

Ahaaaam, con gente como usted da gusto conversar.

Lo dicho, asunto zanjado.

Un saludo,

Bik

 

Buenos días,

Antes de nada, gracias por la respuesta.

Simplemente quería transmitir mi incomodidad hacia las formas en las que ha respondido,
otravezporaqui. El uso de mayúsculas y las formas dejan bastante que desear.

Es la primera vez que escribo en este foro y la verdad es que si supiera del tema no escribiría, eso está claro. Y antes de dar por entendido algo prefiero asegurarme, aún a riesgo de que se me trate como idiota, cosa que no ha dudado en hacer.

Creo que desde hace varias respuestas este hilo ha dejado de tener sentido.
Lo dicho, gracias por la (primera) respuesta. Duda resuelta.

Un saludo,

Bik

 

unocon dijo:

La Junta no decide, la que decide es la escritura de propiedad de la vivienda, ni mas ni menos, le guste o no le guste a usted.

Parece que a Ud. le cuesta entender la LPH, a pesar de que lleva 1838 mensajes, demasiado tiempo para no entender cosas tan simples. Aunque la escritura nos diga que la presidencia es por turnos, la junta tiene potestad para decidir si lo cambia a votación, sería un acuerdo que no es contrario a la ley.

 

La Junta no decide, la que decide es la escritura de propiedad de la vivienda, ni mas ni menos, le guste o no le guste a usted.

 

otravezporaqui dijo:
Y una prima de Còrdoba, que también es propietaria.
 Fijase , la cantidad de posibilidades que existen.

 

otravezporaqui dijo:

unocon dijo:

otravezporaqui dijo:

Se lo ha dejado bien claro .sabina. NO. 

 

 

 A mi me parece que le ha faltado algo, por ejemplo preguntar a nombre de quien esta la vivienda.Si se diera el caso de que este a nombre de varios propietarios, por ejemplo la madre y el hijo la cosa cambiaría muchísimo.

NO CAMBIARÍA NADA (salvo en los Mundos de Yupi)

. Sigue siendo un NO rotundo.


Editado por otravezporaqui 29/4/2021 17:09

  Cambiaría totalmente, ya que si se diera el caso que la vivienda esta a nombre de la madre y del hijo, el presidente podría ser el hijo y por lo tanto problema resuelto.

 

otravezporaqui dijo:

Se lo ha dejado bien claro .sabina. NO. 

 

 

 A mi me parece que le ha faltado algo, por ejemplo preguntar a nombre de quien esta la vivienda.Si se diera el caso de que este a nombre de varios propietarios, por ejemplo la madre y el hijo la cosa cambiaría muchísimo.

 

Muchísimas gracias por la pronta respuesta.

Entiendo que tanto la abogada como el procurador representan a la comunidad en el juicio. Me refería más a si la parte demandada solicita que testifique la comunidad, entonces debe ir la Presidenta. Mi duda es si en este caso podría representarla yo con un poder notarial, o esta opción no se contempla.

Muchas gracias de nuevo,

Bik

 

La presidenta es personal e intransferible, si su madre se siente incapacitada para realizar la función, debe comunicarlo en el juzgado para que nombren a otro propietario.

En caso de juicios, no se preocupe, ya que la comunidad está representada por el procurador.

 

Fin del hilo
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