Buenas noches,
a ver si pueden hecharnos una mano, pues hasta ahora no me había tenido que plantear esta opción y estoy un poco perdido en este asunto.
Tenemos una comunidad en la cual de las 6 viviendas y 2 locales, tienen cuotas pendientes de pago 3 viviendas y 1 local, es decir el 50% de la comunidad, no va al dia con los pagos, varios de estos propietarios, no realizan los pagos porque no les da la gana… Es decir, cuando les viene en gana, pagan 500 – 600 € sin problema para ponerse al día, pero luego dejan de pagar hasta que llega el día que vuelven a hacer lo mismo… Mientras tanto la comunidad, no puede tener los servicios que necesita, ni hacer las reparaciones que debe hacer por falta de liquidez, al tratarse de una situación que se viene arrastrando varios años, y no hay forma de hacer entender a estos propietarios que deben pagar las cuotas cuando corresponde, solo se me ocurre ademas, de aprobar la reclamación judicial, el establecer intereses de demora para el propietario que se retrase en el pago de las cuotas y ahí van las consultas:
Puede la comunidad acordar en una junta poner intereses de demora legalmente?
En tal caso, que quorum se necesita para aprobarlo, que % se barajan sobre estos intereses de demora y a partir de cuando se le puede generar los intereses a la cuota pendiente?
Muchas gracias de antemano.