Pues SI, Si en junta se aprueba algo en fraude de ley, y no se impugna en el plazo de un año, el acuerdo es válido y ejecutable,
Quiere decir que todo acuerdo de una junta de propietarios, en principio es válido y si hay alguna causa para invalidarlo lo tiene que decretar el juez. En ausencia de impugnación todo acuerdo derivado de la LPH y que no sea contrario a otras leyes, es totalmente válido.