Ya le entiendo su perplejidad, lo que no entiendo es como Ud. ha ofrecido sus servicios a una comunidad de la que es comunero, cuando sus servicios son incompatibles, Ud. no puede pagarse a Ud. mismo y en este caso lo hace con el porcentaje que le corresponde por cuota de participación, por tanto a mí también me parece una situación curiosa que espero me la aclare.
Comentaba el otro día un forero interviniente también en este hilo, sobre las situaciones intrascendentes y las puramente legales, aquí tiene otro ejemplo para remeter arremeter y contrarrementer lo estrictamente incontrarremetible.