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Una comunidad demanda a una empresa cuyos propietarios son comuneros

¿Se puede demandar una empresa cuyo propietarios son comuneros?

1.740 lecturas | 5 respuestas

Buenas tardes;

Una comunidad ha decidido demandar a una empresa que le presta servicios por doble mayoría, el propietario de la empresa y algún familiar es comunero, se niegan a pagar argumentando que con ese dinero se pretende demandar a otro comunero y que por lo tanto están exentos.

Me parece una situación curiosa,  que yo no quiera pagar los gastos porque denuncien a mi empresa y por otra lado que también pueda votar para intentar tirar abajo la propuesta.

Alguien podría aclarar esta peculiar


Editado por Joanma 1/10/2021 14:39
J
Joanma
01/10/2021 21:40

Eso me parece a mi, entiendo que si a un comunero sea quien sea, se le demanda por algo ajeno a su vivienda, tiene que pagar los costes si así lo decide la junta, más aún si existe una presunta estafa. Igual que cuando se demanda a la promotora de un edificio y esta aún tiene viviendas en su poder, no se le demanda como comunero sino como promotor, constructor, aparejador o arquitecto.

Respecto a lo que comentan de que un comunero no puede pagarse a si mismo, creo que no es cierto, me explico, el comunero propietario de una empresa no ofrece sus servicios como comunero sino como persona jurídica (empresa), son dos personas distintas. Pero bueno, no soy abogado, es una apreciación personal.

Consulte con el seguro de la comunidad si tiene cobertura para reclamar impagos. Se ahorraran un dinero y evitaran la derrama.
 

Ya le entiendo su perplejidad, lo que no entiendo es como Ud. ha ofrecido sus servicios a una comunidad de la que es comunero, cuando sus servicios son incompatibles, Ud. no puede pagarse a Ud. mismo y en este caso lo hace con el porcentaje que le corresponde por cuota de participación, por tanto a mí también me parece una situación curiosa que espero me la aclare.

Comentaba el otro día un forero interviniente  también en este hilo, sobre las situaciones intrascendentes y las puramente legales, aquí tiene otro ejemplo para remeter arremeter y contrarrementer lo estrictamente incontrarremetible.

L
luismp
01/10/2021 18:30

Para la comunidad, esa empresa es un tercero ajeno a la comunidad, sin importarle quienes son sus accionistas, y de hecho no tiene por qué saber quienes son.
TODOS los propietarios deben pagar los costes de la demanda. Eso es la legalidad
Es totalmente intrascendente que un propietario sea accionista de esa sociedad, Eso es lo intrascendente, sin necesidad de arremeter ni contrarremeter ni nada parecido.

Luismp esa empresa presta servicios a la comunidad y da la casualidad que el propietario de la empresa es propietario de una vivienda en el edificio.
Joanma esos propietarios estan en su derecho de votar lo que crean oportuno, pero eso no quiere decir que el acuerdo no sea legal y que no se lleve a cabo.
Si no estan de acuerdo, deberan impugnar el acuerdo .
Si devuelven el recibo de la derrama deberan abonar el coste de la devoluccion y se lesnombrará morosos
L
luismp
01/10/2021 18:25

Para la comunidad, esa empresa es un tercero ajeno a la comunidad, sin importarle quienes son sus accionistas, y de hecho no tiene por qué saber quienes son.
TODOS los propietarios deben pagar los costes de la demanda.

 
1 La comunidad quiere demandar a una empresa, QUE NO ES miembro de la comunidad, es decir, no tiene ninguna vinculación legal con la comunidad.
2 Que un miembro de la comunidad sea propietario de esa sociedad es anecdótico.
3 Todos los propietarios, sin excepción, deben asumir los costes de la demanda.
4 Otra cosa sería que la comunidad demandara a un miembro de la comunidad, en cuyo caso este no participaría en los gastos.
 
es que se ha solicitado derrama para ello?
J
Joanma
01/10/2021 14:46

Si no hay dinero en la cuenta para los gastos judiciales, me temo que hay que recaudar fondos para contratar abogado.

 

Fin del hilo
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