De momento deben pagar si no quieren entrar en mora. Si el acuerdo piensan que no es necesario, deben anular ese acuerdo, pero para declararlo nulo lo debe declarar un juez, no tiene más remedio que impugnar, tenga presente que hay un periodo de caducidad que si lo sobrepasa el acuerdo queda ejecutivo. Para no comenzar a pagar la derrama, su abogado puede solicitar medidas cautelares hasta la celebración del juicio, y vista de la resolución.