Cobro por protección de datos
¿Son justificables dos tipos de cargo extra en las cuentas del año?
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Revisando por primera vez las cuentas del año veo que cobran 73 euros cada año en concepto de certificado digital, y otros 73 euros por protección de datos. En la previsión para el próximo año también aparecen.
Mis dudas son dos:
1- ¿Los certificados no son como los de persona física, que caducan a los 2 años?
2- ¿Qué es eso de protección de datos? ¿Es normal que eso se cobre aparte de los honorarios del administrador?