Quórum ninguno, votación por unanimidad, presentes y ausentes, con treinta días para pronunciarse.
La sentencia que señala, fue negativa para los demandantes, porque acordaron:
Que se repartirán el 10% del importe total; las de la NUM003, el 15%; las de la NUM004, el 20%; las de la NUM005, el 25%; y las de la quinta, el 30%, quedando excluidos los locales y las viviendas de la planta baja. Quedando supeditado el acuerdo al uso presumible de los elementos comunes.
Si los comuneros van al juzgado a que le eche para atrás un acuerdo no contrario a la ley, pues no lo van a conseguir, ya que valoraron más el uso que la revalorización del inmueble.