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H
heidi14
26/03/2023 21:53

Mirilla digital

¿Es legal grabar con una mirilla digital con sensor de movimiento en un edificio?

3.410 lecturas | 10 respuestas

Buenas tardes, han entrado a robar en mi edificio, aprovechando  que se fue de viaje varios días, le habían marcado la casa, y compré una mirilla digital con sensor de movimiento graba en el momento que hay movimiento, el caso que mi vecina me dice que no quiere que le lgrabe que tiene un menor (16 años), vi en internet que era legal la mirilla, pero no encuentro la ley que lo diga, alguien me puede indicar si es legal o no?, muchas gracias 

 
N
Nihills
29/03/2023 16:23
Carolinevega, si se fija en la resolución E-08332-2021, en el segundo párrafo aparece que la mirilla hace fotos al detectar movimiento, visión nocturna, etc. Independientemente que el dueño diga que solo la usa para mirar, la mirilla tiene esas funciones y será del denunciante el que tendrá que probar que se ha usado para un uso distinto al fabricado.

Si seguimos leyendo esa resolución, después de hacer referencia al T.S, en la página 3, párrafo 5, la resolución nos dice:
“No se va a profundizar en el hecho de que la puerta dónde está instalado el dispositivo (mirilla digital) no es zona común de la Comunidad de propietarios, sino de titularidad del reclamado, por lo que no le serían de aplicación en principio las reglas establecidas en la LPH (Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal), que si serían de aplicación en caso, a modo de ejemplo de colocación del dispositivo en una pared de titularidad comunal enfocando al pasillo de tránsito.”

Ahí ve que no es necesario, siempre según esta resolución, el permiso de la comunidad y repito, la mirilla tiene de todo, graba, fotos, sensor de movimiento, visión nocturna.

Finalmente establece que no puede pedir la retirada por que no hay infracción.

Cada vez se van a dar mas resoluciones de este tipo, no podemos vivir de espaldas a la tecnología (siempre que se use para lo que fue fabricada claro).

No quiero ni pensar en el trabajo que tendrá la AEPD cuando le llegue una reclamación de una mirilla digital que ha saltado por que se ha dado un golpe en la puerta y el dueño le ha empezado a hablar desde el móvil en el trabajo. Ya existen.
 

Fin del hilo
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