En octubre del 2022 me compre una plaza de garaje en la que en la que en la Comunidad hay 29 plazas de garaje, locales comerciales y dos escaleras con un total de 56 viviendas.
Nada más hacer la presentación ante el Administrador me indica que tengo que ser el presidente ya que la antigua propietaria era.
A principios de enero del 2023 me pasa las facturas para que diera el visto bueno y asi hacer las derramas. Observo que los gastos de las viviendas eran de 2.600 € y los gastos del garaje 608 €. El Administrador hace la derrama metiendo a los garajes el 9% de la cuota de participación que así figura en los estatutos de obra nueva.
Me dirijo al Administrador para preguntarle cual era el motivo por el que a los garajes le metía 237 € de la parte proporcional de los gastos de las viviendas y no sumaba el total de los gastos de las viviendas y los gastos del garaje y hacía las derramas en función a la cuotas de participación (9% los garajes, 14% los bajos comerciales el resto 77% entra las viviendas, que era lo que así figuraba en los estatutos de la Comunidad y así mismo lo indicado en el art. 9 de la LPH, a lo que me indica que estoy confundido, ya que en la Ley (sin indicar cual) dice que los garajes si han de participar en los gastos de las viviendas, pero estas no en los gastos del garaje. Por más que le insistía que me dijera cual Ley o Reglamento indicara que las viviendas se exoneraban del pago de los gastos del garaje, no había forma, solo me indicaba que así lo decía “LA LEY”.
¿que solución me aconsejáis?