Los suplidos son cantidades de dinero que un empresario o profesional paga a un tercero por cuenta de un cliente y luego se las carga a dicho cliente en una de sus facturas dirigidas a él.
Por lo tanto, para el profesional que paga y luego lo cobra no es ni un ingreso ni un gasto; sencillamente es un pago/cobro.
Cuando emitimos una factura con suplidos estamos obligados a acompañar, junto con la factura, los documentos justificantes de estos pagos.
Por poner un ejemplo, un arquitecto realiza un proyecto de obra para tramitar una licencia, facturará, al cliente que le ha contratado, sus honorarios por su labor en dicho proyecto y eso sí, es, para él, un ingreso y debe repercutirle el IVA que corresponda.
Pero además, el arquitecto paga gastos necesarios para la tramitación de la licencia como las tasas por licencia de obra, otras tasas (como, por ejemplo, un visado del Colegio de Arquitectos) y paga también un impuesto municipal sobre construcciones y obras.
Todos estos gastos no son, para el arquitecto, gastos ni ingresos y se los cobrará a su cliente en su factura, pero no como honorarios sino como suplidos.