“se va a realizar un gasto no por capricho sino motivado por las circunstancias personales de un vecino.”
Planteamiento incorrecto, la comunidad tiene la obligación de suprimir las barreras arquitectónicas y técnicas, de manera tal que todos sus copropietarios no encuentren dificultades para acceder y circular sin obstáculos por sus instalaciones, en resumidas cuentas, dotar de habitabilidad al inmueble, para todos sin excepción.
No procede subvenciones para gastos perfectamente asumibles por la comunidad de propietarios.