Buenas,
por desapego con la gestión de la comunidad de casi la totalidad de los vecinos, en el 2007 el presidente de la junta quedó “vitalicio” y sólo iba cambiando el secretario en la junta general ordinaria celebrada cada año a partir de esa fecha. Ahora el presidente no puede atender la gestión y se vuelve a la rueda de cambio de juntas. En la última junta, los vecinos de la planta que les tocaría constituir la nueva junta -digamos que serían la planta 5- dijeron que no deberían ser ellos, sino la planta siguiente a la junta del 2007 -le tocaría al bajos-.
¿Está contemplada en la legislación esta casuísitica o no deberíamos escuchar a la futura junta en su reclamación y deben aceptar formar junta?
Muchas gracias y saludos.