Volver al foro
Juangalianalmagro
Juangalianalmagro

Cambio posición nueva tubería desagüe comunitaria.

¿Debería existir unanimidad para realizar un cambio en un elemento común?

318 lecturas | 9 respuestas
Buenas tardes, quería realizar una consulta relativa a una tubería comunitaria. Esta tubería va desde el tercer piso hasta el bajo comercial. Se trata de una bajante que recoje aguas residuales. Todo su recorrido va oculto y al llegar al bajo sale a la calle soterrada. Esta tubería debido a su antigüedad hay que sustituirla. Se ha convocado una reunión y todos han votado dejar la tubería antigua que discurre soterrada inutilizada y pasarla vista por el techo del bajo. Esta solución es más económica pero deja todo el bajo comercial sin ninguna tubería de desagüe, solo la antigua que precisa de sustitución y además al tener que darle pendiente en la parte cercana a la calle el desnivel podría ser de unos 50 cm, con el consiguiente impacto visual. Yo entiendo que debería de existir unanimidad para realizar un cambio de un elemento común. Estoy en lo cierto? Por otra parte quería saber que responsabilidad o qué deber de asesoramiento tiene la administradora de fincas, ya que ante esta votación la administradora ha callado y no ha dicho nada. Mi padre que es quien acude a las reuniones tiene 75 años y me da la impresión que se quieren aprovechar de el. Gracias!
 
Juangaliana, no queda claro, si la propuesta es que el bajo quede sin poder vertir sus,aguas residuales( cosa por otro lado, dificil,de entender omde creer.
O que el bajo siga utilizando el desague que ahora tiene, sin necesidad de conectarse al nuevo, al ser así, un priyecto, mucho más económico.
No paso a ceerme que dejen al bajo sin opción de desague


ARV1
29/01/2025 13:33

Ni yo tampoco.

 

¡Hola! La sustitución de una bajante comunitaria es un tema delicado, ya que afecta a la estructura del edificio y a los derechos de los propietarios. Según la Ley de Propiedad Horizontal, cualquier modificación de un elemento común (como una bajante de aguas residuales) debe ser aprobada por la mayoría de los propietarios, pero si el cambio afecta directamente a un local comercial o modifica su uso, se podría requerir unanimidad. Puntos clave a considerar: 1?? ¿Se necesita unanimidad? Si la nueva tubería perjudica al local comercial (dejándolo sin desagüe funcional), podrías argumentar que se requiere unanimidad y no solo mayoría simple. 2?? Responsabilidad de la administradora de fincas Aunque su papel es informar y asesorar, en muchas ocasiones se limitan a ejecutar decisiones sin opinar. Sin embargo, si existe un perjuicio claro para algún propietario, debería haber informado sobre las implicaciones legales. 3?? Alternativas para la solución Si el problema es el costo, podríais solicitar varios presupuestos de reformas especializadas para comparar opciones antes de decidir. En Reformas Gijón, por ejemplo, pueden hacer un estudio técnico y valorar la mejor alternativa sin afectar al bajo comercial. ?? Recomendación: Antes de aceptar esta solución, revisa la legislación aplicable y si es necesario, consulta con un abogado especialista en propiedad horizontal. También puedes pedir una segunda opinión técnica para valorar si realmente es la mejor opción o si hay alternativas viables con menor impacto visual. Espero que esta información te ayude. ¡Mucho ánimo con la gestión! ??

 
Cita:

“Eso el informe pericial lo determinará. Quizás no le haga falta porque el desagüe lo tenga por otra parte. El perito que será el que lo vea determinará.”

 

Si nos basamos en la pregunta planteada, se va a instalar una nueva tubería de desagüe, anulando la existente y no conectando al local, que estaba conectado a la antiguaa esa nueva tubería (lógico, porque no podrá desaguar por el techo.

No veo motivo para que el local tenga que aceptar esa solución tal como se plantea. Si hay opciones para resolverlo adecuadamente para todos, debe ser la Comunidad la que las ofrezca, no el local el que deba solicitar peritajes de ningún tipo.

La Comunidad ha decidido que el local puede vivir sin desagüe, únicamente para ahorrarse un desembolso mayor.

ARV1
29/01/2025 10:53

El peritaje no lo debe de pedir el del local, sino la comunidad o ambos. El del local puede exponer su solución, pero la comunidad tiene otra y por ello el perito.

Si la sustitución de la bajante es necesaria, no se necesita ninguna mayoría para su cambio, se cambia y en paz, sólo es necesario aprobar el presupuesto, y este se aprueba por mayoría simple.
A que responsabilidad se refiere usted que puede tener la administradora?
Lo puede indicar?
No llego a comprender, como se va a dejar al bajo sin poder evacuar sus restos. No será que la parte del local, quieren dejarla como esta?
 
Juangalianalmagro dice:

"Por otra parte quería saber que responsabilidad o qué deber de asesoramiento tiene la administradora de fincas, ya que ante esta votación la administradora ha callado y no ha dicho nada".

Ésta profesional debe de dar asesoramiento a la comunidad sobre éste problema proponiendo un técnico en la materia para que determine la mejor solución, pero si no llega ni a eso, está profesional deja mucho que desear. Si le deja el problema a que lo solucione ustedes, mal asunto.
 

¿Cómo no va a haber perjuicio si se priva al local de la nueva instalación, si se cambia porque la antigua debe ser sustituida y va a ser inutilizada? ¿No es perjuicio dejar al local sin desagüe?

No creo que sea necesario informe alguno para demostrarlo.


Editado por P0liPl0s 29/1/2025 9:03
ARV1
29/01/2025 09:29

Eso el informe pericial lo determinará. Quizás no le haga falta porque el desagüe lo tenga por otra parte. El perito que será el que lo vea determinará.

 
Todo dependerá del informe técnico de un profesional. Si ese técnico determina que es viable esa modificación y que no existe perjuicio para los propietarios afectados, el juez no se opondrá a esa modificación, de esto no tengo duda alguna.
 

Si la tubería necesita ser sustituida, no pueden hacerlo privando a uno de los propietarios del uso de la nueva tubería, tal como comenta usted que se ha aprobado. El propietario del local también tiene el mismo derecho a tener desagüe que el resto de la Comunidad. Que sea más cara esa solución no es excusa para privar al local del servicio.

No pagar la sustitución no es compensación. ¡Sólo faltaría que le privaran de la mejora, le alteraran el local y además tuviera que pagar semejante despropósito!

Si la Comunidad no atienda a razones, me temo que deberá impugnar el acuerdo por lesivo y discriminatorio.

 
Se requiere unanimidad objetiva, es decir, que no hayan propietarios perjudicados, salvo que la reparación sea muy dificultosa de realizar o de un coste desproporcionado. Si su padre es el del local, debe oponerse a esa modificación ya que al poner esa tubería por dentro del local (en el techo) se genera una servidumbre que con el tiempo es permanente por consentimiento.
Si no hay otra alternativa o la reparación es dificultosa o excesivamente cara, su padre podría negociar esa servidumbre por el agravio que le causará. Por ejemplo no pagar nada de la reparación.
También hay que valorar un informe técnico de un profesional,(aparejador o arquitecto) si es viable o no.
La administradora, en su papel. No sabe, no contesta, pero alguna idea debería aportar.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2025 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento