Una apreciación respecto a la cláusula suelo, comentada en un post anterior.
Aunque hay que mirar cómo está hecho el redactado, el mínimo que te dicen se refiere normalmente al referencial (euríbor) y se ha de añadir el diferencial para saber qué suelo tenemos. Por lo tanto, si tienes un mínimo del 3% y un diferencial del 0,70% , el suelo sería del 3,70%.
Habrá que saber si a ese suelo que dicen que habrá, ya es aplicado el diferencial o aún se le debería aplicar. Eso se sabrá según cómo esté redactada la cláusula, pero si dice algo como:
En todo caso, aunque el valor del índice de referencia que resulte de aplicación sea INFERIOR AL 2.25%, éste valor, adicionado con los puntos porcentuales expresados anteriormente para cada supuesto determinará el “tipo de interés vigente” en el “periodo de interés”.
funcionaría de esa manera que comento. En este caso se pagaría de mínimo el 2,95% (con el diferencial del 0,70% de ejemplo comentado)
Salu2