Hola vecinos!!! que tal estais todos. Despues de mucho averiguar, creo que las viviendas de proteccion publica de precio basico, es decir, edificio francia y portugal, sólo deben pagar un 0'2% de este impuesto (AJD).
Por otro lado, las viviendas de protección pública de precio básico que cumplan con las caracteristicas de la VPO, están exentas de los actos jurídicos documentados. Según he averiguado, el edificio francia y portugal cumplen con las caracteristicas de la VPO, por lo que estaríamos exentos.
Como es un dinero considerable, me gustaría que los vecinos del edificio francia que ya han escriturado, posiblemente ya lo sepan y nos puedan informar más.
Toda ayuda sobre este tema será bien recibida y se lo agradecemos mucho.