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J
juannano
22/07/2010 16:13

vivienda suprime ayuda directa

2.608 lecturas | 18 respuestas

Hola, qué sabeis de la notocia de que Vivienda va a suprimir la ayuda directa a la compra de viviendas de VPO?

Vamos apañados, no nos van  a dejar deducirnos y encima no nos van a dar ayudas.

 
C
cipollini
15/10/2010 00:03

Gracias juanano.Entonces queda todo claro:

COMISIONES:

Comisión de apertura: 0,00%
Comisión por amortización / cancelación: 0,00 %

INTERES:

Interés Variable: Euribor 12 meses publicado por el Banco de España en el BOE el mes anterior al de la fecha de formalización o revisión, más el diferencial.
Diferencial: horquilla entre 1,25% y 0,25%
Revisión: Anual

-No pueden exigir el contratar otros servicios (ésto es importante,ojo aquí que si nos despistamos nos intentarán obligar a contratar seguros de todo tipo....

En lo que me surgen dudas Juanano es en lo que indicas de que si no queremos subrogarnos los gastos de cancelación correrían a cuenta de la promotora....es decir que podriamos pedir el préstamo en otro banco que no fuera el bbva y no nos penalizarían por ello???

un saludo

 
H
helenasamper
14/10/2010 21:18

Hola

La verdad es que todo eso que dice Juannano yo ya lo había leído, pero como lo que nos han dicho en el BBVA es diferente no sabía si habían cambiado las condiciones o algo.....

Pues si han tenido cojones a darnoslo por escrito, en una carpetilla del BBVA. De hecho, os voy a escribir lo que pone, porque ayer lo puse de memoria y no se si me equivoqué en algo:

-tipo de interés variable: euribor + 0,90% (primer semestre) y euribor + 0,60% (resto). Revisión semestral

-plazo 25 años

-comisión por subrogación: 0,25%

-comisión por desestimiento: 0,5% (5 primeros años) y 0,25% (resto)

-seguro del hogar: 300 €/trimestralmente

-seguro protección pagos: 500 € (esto supongo que será anualmente, pero no lo se)

-gastos de notaria: 900 €

-gastos del registro: 650 €

-hay que pagar el IVA antes de escriturar, porque el iva no se incluye en la hipoteca

-Contratando el seguro del hogar y el de protección de pagos, el tipo de interés se quedará en un 0,65%

Ahora, no se si esta información nos la habrán dado equivocada y será para las otras promociones de vitra o nos estarán intentando tangar..... el lunes volveré al banco

 
J
juannano
14/10/2010 20:46

Hola a modo de resumen (q estoy cansado hoy de currar q ha sido un dia duro): (el q quiera mas q se lea la ley:

PRÉSTAMOS PARA ADQUIRENTES DE VIVIENDA

Los préstamos convenidos para compradores de vivienda protegida, tendrán las siguientes características generales:

No se podrá aplicar comisión alguna por ningún concepto.


El préstamo tendrá un plazo mínimo de 25 años, que puede ampliarse hasta 40, siempre que la entidad lo acuerde y siempre que el adquirente cumpla los requisitos que estable dicha Entidad.


La cuantía máxima del préstamo será el 80% del precio fijado en escritura pública o de adjudicación, correspondiente a la superficie útil computable a efectos de financiación
 

El tipo de interés efectivo para cada préstamo convenido a interés variable será igual al Euribor 12 meses publicado por el Banco de España en el Boletín Oficial del Estado el mes anterior al de la fecha de formalización o revisión, más un diferencial entre 0,25% y 1,25%. Este tipo de interés se revisará cada 12 meses.
Se podrá aplicar diferenciales distintos a un préstamo promotor y a un subrogado del mismo. Asimismo, el diferencial puede verse modificado a lo largo de la vida del préstamo.

Las cuotas a pagar serán constantes a lo largo de la vida del préstamo.


Los préstamos serán garantizados con hipoteca.
 

Los préstamos a adquirentes podrán tener amortización anticipada total o parcial. Hay que tener en cuenta si el cliente ha tenido AEDE.

TIPO DE INTERÉS:

Interés Variable: Euribor 12 meses publicado por el Banco de España en el BOE el mes anterior al de la fecha de formalización o revisión, más el diferencial.
Diferencial: horquilla entre 1,25% y 0,25%
Revisión: Anual

COMISIONES:

Comisión de apertura: 0,00%
Comisión por amortización / cancelación: 0,00

Los gastos de apertura de un préstamo convenido es 0, y el AJD está exento. Del notario, registro y la gestoría es lo que no te libras pero al ser de VPO están bonificados.
 

En los préstamos convenidos no pueden cobrar comisiones ni exigir el contratar otros productos.
 

http://www.boe.es/boe/dias/2005/07/13/pdfs/A24941-24968.pdf


http://www.boe.es/boe/dias/2008/12/24/pdfs/A51909-51937.pdf
 

Si no quereis subrogaros los gastos de cancelación del préstamo de la vivienda le corresponden al promotor.
 

Conclusión:

te quieren robar 240 euros en la subrogación, y te quiren robar si quieres hacer amortizaciones parciales o totales.

Tengo que ver si es denunciable ante Banco de España.(haber si tienen huevos  a darnos las condicines por escrito)

Saludos

P.D si quereis mas información os dejo esta pagina: es un poco popurri pero hay gente como Trayetes q controla un huevo, leer y aprender, y vereis que nos quieren robar (debemos de tener cara de gilipollas)

http://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/262377-hipoteca-prestamos-convenidos-vpo-plan-antiguo-vs-plan-nuevo
 


 

 
C
cipollini
14/10/2010 18:12

juannano dijo:

Hola,

ahora no tengo tiempo porq estoy currando pero luego os lo acalararé mejor.

Como siempre todos nos intentan robar.

Vaya inutil la persona que os haya informado en el BBVA. No tiene ni p.... idea de lo que es una subrogacion a una hipoteca VPO.

Nos dán las condiciones q les da la gana para engañarnos.

Luego os lo explicaré mejor o leeros el plan de vivienda vereis como todo lo que os han dicho es mentira.

Ladrones.

a ver juanano si nos explicas un poco el tema de la subrogacion de las hipotecas de vpo xq de esta gente no me fio nada.

 
J
juannano
14/10/2010 15:20

Hola,

ahora no tengo tiempo porq estoy currando pero luego os lo acalararé mejor.

Como siempre todos nos intentan robar.

Vaya inutil la persona que os haya informado en el BBVA. No tiene ni p.... idea de lo que es una subrogacion a una hipoteca VPO.

Nos dán las condiciones q les da la gana para engañarnos.

Luego os lo explicaré mejor o leeros el plan de vivienda vereis como todo lo que os han dicho es mentira.

Ladrones.

 
H
helenasamper
14/10/2010 09:59

Hola

Escribo porque mi chico llevó ayer los papeles al BBVA para que nos vayan haciendo el estudio de la subrogación. Me dijo que de momento no tienen instrucción de Vitra para que nos vayan llamando (a pesar de estar los pisos terminados hace 20 días, hay que jod....rse), pero que, como ya se comentó en el foro, podemos ir llevando la documentación para que nos hagan el estudio y así se adelante el proceso.

Os comento algunas de las cosas que nos dijeron:

-Comisión de subrogación: 0,25% (en mi caso son 240 €)

-Tipo de interés variable ( con la posibilidad de cambiar a fijo en la segunda revisión): 0,65%, si se contrata el seguro de hogar, se tiene domiciliada la nómina y se tiene la tarjeta de crédito (y se usa)

-Revisiones semestrales

-Cuota de cancelación a los 5 años: 0,5%

-Obligatoriedad de contratar el seguro del hogar

Creo que no me dijeron nada más.

Yo que vosotros iría llevando los papeles para ver si conseguimos que nos den las viviendas cuanto antes.

Un saludo

 
H
hipotecadofuerte
13/10/2010 16:35

Lamentable el tal zotoluco! Esta casualmente en todas las promociones, y en todas compara la hipoteca de la promoción con la de caja vital, intentando vender esta última. Hay que ser lamentable para intentar vender una hipoteca aquí.

 
J
juannano
11/10/2010 19:48

Yo no es por nada, pero os comento:

Segun los de vivienda:

- en Vivienda me dicen: que para las ayudas AEDE nos corresponden las del plan 2005-2008, y que para la subsidiación de préstamos nos corresponde las del plan nuevo 2009-2012, es decir euribor + un diferencial:

-  las ayudas nos corresponden las del plan 2008.(o sea, mas pequeñas que las del plan 2009).

  Segun la DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA (APARTADO 1 b) del nuevo PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2009-2012 (Real Decreto 2066/2008) que el interés referenciado al Euribor se aplicara desde ya a los prestamos convenidos del plan 2005-2008.

-tipo de interes segun plan 2009, o sea, un euribor +1.25%.( o sea, más caro porq ahora esta el euribor al 1.5+1.25= 2.65%)

Si nos pusieran el del plan 2008 sería del 2,60%.

He preguntado en varios bancos  por la posibilidad de traerme el préstamo subrogado, m indican que si es del plan 2005-2008 es imposible, ya que es imposible cambiar de plan.

Irte a otro banco es un lio de la leche porq tendría que ser libre y luego pasarlo a convenio y solicitar las ayudas como vivienda usada del plan 2009... y al final jugartela si te las aprueban o no.Además de todos los costes añadidos.

Lo que no me han sabido explicar los gilipollas de vivienda es:  si es tan fácil como me indican, cómo no lo hace todo el mundo; no te subrogas, pides uno préstamo nuevo y pides las ayudas del plan nuevo 2009-2012 con las ventajas de incremento de ayudas que ello supone. Me imagino que si fuera tan fácil todo el mundo lo haría porque de pagar un 4% a pagar un euribor + 0.25 a 1.25 va gran diferencia, aparte del incremento en las ayudas directas. Hay gato encerrado?

Asi que estamos pillados a lo que nos digan en vivienda. Haber cuando leches nos mandan las resoluciones y asi podremos ver el plan que nos han aplicado y que tipos tendremos.

Saludos.

 
C
cipollini
11/10/2010 14:21

Hola Zotoluco.nuestras viviendas son de vpo y por tanto ademas de optar por una hipoteca convencional podemos acojernos tambien a los denominados prestamos cualificados.:

Los prestamos cualificados generalmente viene referido a viviendas de protección oficial (vpo), viviendas sociales, etc. El prestamo cualificado es el que ofrece unas condiciones ventajosas para su beneficiario con respecto al tipo de interés, duración del préstamo, comisiones etc. pactadas por convenio entre el Ministerio de Vivienda y las Entidades Financieras.

Son concedidos por estás últimas a petición de los interesados que cumplan los requisitos establecidos por el Ministerio de la Vivienda.

En un préstamo cualificado puede haber las siguientes características y ventajas:

• Subsidio del Ministerio de la Vivienda: es un porcentaje de la cuota de amortización del crédito hipotecario (capital e intereses), que el Ministerio de Vivienda abona por cuenta del comprador.
• El prestamo cualificado no conlleva el cobro de ninguna comisión por parte del banco.
• El tipo de interés se acuerda cada año por el Consejo de Ministros.
• La cuota de amortización del préstamo a pagar es fija.
• El préstamo está avalado por hipoteca..

 

Teóricamente sería ventajoso aprovecharnos de este tipo de prestamos ya que tiene la ventaja de que el banco no te puede cobrar ningun tipo de comision, pero leyendo por internet he encontrado gente que se queja de que en algunos momentos el tipo de interés de este tipo de prestamos era superior al que te podía ofrecer un banco por una hipoteca convencional,asi que el problema y la duda de que es lo que más nos conviene está servido.

A nosotros en teoría nos correspondería el plan de Ayuda 2009-2012.¿Sabeís que tipo de interés pagariamos si nos acogieramos a un prestamo cualificado?Sería conveniente pedir una hipoteca convencional?

espero opiniones


Editado por cipollini 11/10/2010 14:22
 
Z
Zotoluco
11/10/2010 12:17

Hola, entonces queda claro el tema de las deducciones.Menos mal que al final parece que no nos va a perjudicar este tema.

Por otro lado esta el tema de las Ayudas por ser vivienda protegida. A mi me dijeron en el Ministerio de vivienda que al hacer la hipoteca con Entidades que esten dentro del Plan de Ayuda 2009-2012 nunca las perderíamos, ya que en lugar de acojernos al Plan 2005-2008 nos acogeriamos al nuevo que tiene otra serie de Ayudas, muy parecidas a las que había en el otro.

Estuve mirando el tema de la hipoteca, y una de las que más me gustó fue Caja Vital, ya que el trato fue excelente y las condiciones me parecieron de las más competitivas, así resumiendo un poco:(además de pertenecer a las Entidades que tienen Plan de Ayuda),

Tipo Int. 6 primeros meses: 2 %

Resto: hasta Euribor + 0,50 (segun vinculaciones que son bastante sencillas de cumplir, ... creo que me pidieron nómina, tarjetas, y no recuerdo bien si era el seguro de la casa o algo así... poco más,

-sin suelo (NO HAY LIMITE MINIMO DE TIPO DE INTERES)- Esto es importante también.

COMISION APERTURA: 0 %

Si amortizas hasta el 20 % del capital es gratis.

Echando cuentas así un poco por encima, yo pienso que compensa no firmar con bbva el tema de la subrogación ya que lo que te ahorras por el impuesto AJD se compensa ampliamente si sumamos que nos cobran un seguro protección de pagos muy caro + comisión de subrogación de 0.50% + el importe de escritura de novación para los que la necesitemos (unos 500-600 €) + ahorro en cuotas mensuales , ... supone un coste superior a lo que supone hacerlo con cualquier otra Entidad directamente, sin tener que subrogarnos con bbva.

 
J
juannano
09/10/2010 12:56

Buenas noticias,

si os meteis en este enlace y mirais abajo en : Efectos prácticos del fin de la deducción el ejemplo 2, vereis que son buenas noticias porque cumpliriamos lo de las ayudas y la desgravacion fiscal.

¿qué os parece?

http://www.cincodias.com/articulo/economia/50800-contribuyentes-cuentas-vivienda-tienen-meses-comprar/20101008cdscdieco_5/cdseco/

Os lo escribo tb por si no podeis meteros:

Supuesto 2. Un particular con una base imponible superior a 24.100 euros compra una vivienda sobre plano en octubre de 2010 y adelanta en noviembre un primer pago al promotor. Sin embargo, la escritura y firma de hipoteca está prevista para 2012. ¿Le afecta el cambio normativo?

Fuentes de Hacienda aseguran que no. Una disposición en la Ley de Presupuestos para 2011 establece un régimen transitorio para aquellos que "hayan satisfecho cantidades con anterioridad" al año 2011. Es decir, este contribuyente tendrá derecho a la deducción máxima por vivienda independientemente de su renta y hasta que termine de pagar su hipoteca. Ello supone una ayuda importante para facilitar la venta de casas a los promotores con viviendas en construcción. Además, Hacienda aclara que resulta indiferente que el comprador se subrogue al préstamo del promotor o busque otro crédito y otra entidad financiera. En cualquier casa, la vivienda deberá estar construida en el plazo de cuatro años desde que se realizó el primer pago al constructor.
 

 
C
cipollini
10/09/2010 12:47

juannano dijo:

Hola  a todos,

he estado leyendo la ley de economia sostenible sobre la eliminación de deducción por vivienda habitual. Y he visto una cosa que espero que nos sirva, haber que interpretais vosotros:

"«Disposición transitoria decimoctava. Deducción por inversión en vivienda habitual adquirida con anterioridad a 1 de enero de 2011.


1. Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta Ley en su 84
redacción en vigor a 31 de diciembre de 2010, aún cuando su base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales."

Me refiero sobre todo a ... o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma...

Espero que estemos en ese caso y poder desgravarnos.

¿ qué opinais?
 

Pues según esta disposición, al haber hecho pagos antes de 2011 nos debería corresponder la máxima deducción.

Que subidón macho....

Saludos

 
J
juannano
05/09/2010 10:34

Hola  a todos,

he estado leyendo la ley de economia sostenible sobre la eliminación de deducción por vivienda habitual. Y he visto una cosa que espero que nos sirva, haber que interpretais vosotros:

"«Disposición transitoria decimoctava. Deducción por inversión en vivienda habitual adquirida con anterioridad a 1 de enero de 2011.


1. Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta Ley en su 84
redacción en vigor a 31 de diciembre de 2010, aún cuando su base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales."

Me refiero sobre todo a ... o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma...

Espero que estemos en ese caso y poder desgravarnos.

¿ qué opinais?
 

 
S
salba
02/08/2010 17:04

hola buenas:

de que se amplia el plazo hasta el viernes??

 
C
cipollini
01/08/2010 22:12

la verdad que lo que nos hacía falta: sin desgravación de hacienda y sin ayudas.

como dice el compañero tendriamos que presionar para intentar tener las viviendas antes de fin de año porque sino vamos de culo...

 
H
helenasamper
28/07/2010 21:51

Buenas, por decir algo

Yo lo leí hace un par de días, pero esperaba que fuese un rumor. Hoy sale en los periódicos confirmado por la Ministra de Vivienda.

A nosotros no se si nos afectará porque, como dice Alicia, sería a partir de 2011 y quizá sea para peticiones que se soliciten ese año. Tengo pendiente llamar a Vitra para ver qué nos cuentan.

La verdad es que ese dinerito vendría genial para poner la cocina, porque sino, ya me direis cómo nos vamos a vivir en 3 meses...

 
J
juannano
23/07/2010 15:55

os dejo el link, del periodico  Cinco Dias.

http://www.cincodias.com/articulo/economia/Vivienda-suprime-ayuda-directa-compra-mejora-acceso-credito/20100722cdscdieco_3/cdseco/

 

Para más información, buscar en internet : vivienda suprime ayuda directa.

Saludos

 
S
salba
23/07/2010 08:14

buenas:

Como que vivienda va a suprimir las ayudas? no he oido nada

de todas las maneras no creo porque para eso son pisos de protecion pero vamos no me extrañaria nada con lo que esta pasando.

Sabemos algo mas como van nuestras viviendas?

Un saludo a todos

 

Fin del hilo
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