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Procedimiento Reclamaciones

¿Puede una empresa arreglar los defectos de una vivienda después de la firma de la escritura?

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POR CONSUMO DE MADRID

¿Puede una empresa arreglar los defectos de una vivienda después de la firma de la escritura?

Puede y debe. Una vez firmadas las escrituras y entregadas las llaves, el propietario deberá comprobar si existe algún defecto. Si los hubiera se enviará a la empresa un escrito certificado o burofax para hacerles constar los defectos existentes, dando un plazo para la contestación y de subsanación de dichos defectos. Si no se hacen cargo, se deberán solicitar las hojas de reclamaciones a la promotora, se rellenarán en los locales de la promotora o constructora y una vez cumplimentadas, firmadas y selladas por el consumidor y por la promotora /constructora, se quedará la empresa con la copia rosa y usted con la verde y la blanca. La verde es para usted y la blanca la debe remitir a la Oficina del consumidor de su municipio o a la Dirección General de Consumo junto con la copia del contrato de compra-venta del piso, memoria de calidades y fotocopia del escrito o burofax enviado, comenzando así el trámite de la reclamación.
 
Los de correo lo dejaré mañana listo porque lo tenian que haber exo la constructora pero viendo que no, mañana he pedido hablar con cartería para que pasen por la zona.
 

Fin del hilo
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