manuel_masa dijo:
Por supuesto, bienvenidas sean las opiniones, provengan de donde provengan. Ahora bien, quienes tenemos que ponernos de acuerdo en primer lugar somos los dueños de los áticos. Luego, la ó las propuestas podran ir a Junta para ser considerada, aunque, como bien dice Vicky Dani no es imprescindible. Si conseguimos ponernos de acuerdo, mejor para la Comunidad en general.
Mariano, tan sólo un par de puntualizaciones a lo que comentas: la colocación de una celosía no es una modificación estructural de la terraza, como sí podría ser, por ejemplo, quitar la rejilla que ´decora´ la fachada (de un gusto pésimo, dicho sea de paso). La colocación de una celosía tiene las mismas consideraciones que la de una pérgola, por ejemplo.
La segunda puntualización, o mejor aclaración, se refiere a los derechos de uso de la terraza. En otros edificios, en que las terrazas son el ´techo´ de otros vecinos, el dueño del ático sólo tiene el usufructo de ella. Aquí la terraza es parte integrante de la vivienda y, por tanto, somos dueños 100% de la misma.
¿Estás completamente seguro de que somos propietarios únicos de nuestras terrazas, o sólamnete tenemos derecho privativo a su uso y disfrute? ¿Para tu argumento sólo te basas en el hecho de que la cubierta recae por completo en nuestras viviendas, o hay algún otro elemento que defina la propiedad?
Un saludo.