MEDIDAS DE PROTECCIÓN A CONSUMIDORES VULNERABLES
El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha aprobado el Real Decreto 897/2017 por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, y la Orden ETU/943/2017 que lo desarrolla.
Los beneficiaros del antiguo Bono Social tienen un plazo de 6 meses (hasta el 10/04/2018) para acreditar la condición de consumidor vulnerable. Mientras tanto siguen disfrutando del Bono Social aunque no cumplan los nuevos criterios.
El NUEVO BONO SOCIAL establece tres categorías de clientes vulnerables que podrán beneficiarse del denominado Bono Social, que supone un descuento en su factura.
El consumidor que reúna los requisitos establecidos y que quiera acogerse al Bono Social deberá presentar la solicitud junto con la documentación necesaria a la comercializadora de electricidad que corresponda.
REQUISITOS NECESARIOS PARA SER CONSIDERADO CONSUMIDOR VULNERABLE
– Que el suministro este destinado a la vivienda habitual del titular persona física.
– Que el suministro esté acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor
– Y se deberá cumplir alguno de los siguientes requisitos:
a) Que su renta, o en caso de formar parte de una unidad familiar, la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenece sea igual o inferior:
– a 1,5 veces el IPREM (*) de 14 pagas en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar (11.279,39 euros)
– a 2 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que haya un menor en la unidad familiar (15.039,18 euros)
– a 2,5 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar (18.798,98 euros)
b) Estar en disposición del título de familia numerosa en vigor.
c) Que el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, y perciban por ello la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos.
Los límites de renta establecidos en el apartado a) se incrementarán, en cada caso, en 0,5 siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales, que deberá ser acreditada por los servicios sociales del órgano competente:
– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
– Que el consumidor o alguno de alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la condición de víctima de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
REQUISITOS NECESARIOS PARA SER CONSIDERADO CONSUMIDOR VULNERABLE SEVERO
– Que el suministro este destinado a la vivienda habitual del titular persona física.
– Que el suministro esté acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor
– Y se deberá cumplir alguno de los siguientes requisitos:
a) Que su renta, o en caso de formar parte de una unidad familiar, la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenece sea igual o inferior:
– a 0,75 veces el IPREM (*) de 14 pagas en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar (5.639,69 €)
– a 1 veces el IPREM (*) de 14 pagas en el caso de que haya un menor en la unidad familiar (7.519,59 €)
– a 1,25 veces el IPREM (*) de 14 pagas en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar (9.399,48 €)
Estos límites se incrementarán, en cada caso, en 0,5 siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales (discapacidad igual o superior al 33%, condición de víctima de violencia de género, condición de víctima de terrorismo)
b) Si es una familia numerosa, la unidad familiar debe percibir una renta anual igual o inferior a 2 veces el IPREM (*) de 14 pagas (15.039,18 €)
c) Si es un Pensionista que percibe la pensión mínima, la unidad familiar debe percibir una renta anual igual o inferior a 1 vez el IPREM (*) de 14 pagas (7.519,59 €)
REQUISITOS NECESARIOS PARA SER CONSIDERADO CONSUMIDOR EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL
Reunir los requisitos para ser considerado consumidor vulnerable severo y, además, ser atendido por los Servicios Sociales de una Administración Pública que financie al menos el 50 % del importe de su factura.
(*) IPREM (Indicador Público de Rentas Múltiples) = 7.519,59 €/año