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I
ismaelcv
05/12/2012 20:47

URGENTE!!!!

¿Cuáles son las tres notas nuevas en la página principal de Emsule?

2.882 lecturas | 7 respuestas

En la web de Emsule han colgado tres notas nuevas en su página principal... Resumiendo:

1.- Relación de Notarios por Parcela

2.- Nos urgen a las parcelas 17, 19 y 22 a preparar la documentación y hacer los pagos porque se escritura el día 13... Mañana abren las oficinas de Emsule de 10h. a 14h.

3.- Borrador tipo de escritura. Saludos

 
pocito
pocito
08/12/2012 19:04

El dinero que te indican pagar antes del lunes a las 14:00 es precisamente el IVA que te corresponde. Los 400 euros son para constituir la comunidad de vecinos y hacer los primeros pagos comunes, como contrato de luz para la comunidad,seguros y mantenimiento de  los distintos servicios asi como contratar al conserje-portero,etc.

Las condiciones del prestamos estará reflejado en el documento del banco cuando firmes la hipoteca, con la que vas a pagar tu piso. Básicamente son 25 años y unos intereses de el ibor+1,25.

 
Z
z17
08/12/2012 14:05

Nosotros fuimos anteayer y ayer, anteayer no nos las daban hasta que no pagasemos, ayer ya después de haber pagado todo nos dieron el borrador de las escrituras, firmaremos el día 13, pero no saben donde ni a que hora, que el lunes nos mandaran un sms, a nosotros nos dijeron que sera un hotel, alomejor el trip leganes, pero no es seguro.

Así que a esperar que nos digan cuando y donde para pedir el día en el trabajo.

Un saludo

 
A
apah99
07/12/2012 13:45

kevin7 dijo:

Hola a todos los vecinos:

1.-Las escrituras se firman el dia 13.

2.-Lugar Hotel Parque Sur.

3.-El borrador de escritura no lo entregan,y quedaron en darlo hoy dia 7.

3.-Para todos los vecinos recomiendo se baje el borrador y que lo re

visen.

4.-Los dias 6y7 estan debordados en Emsule y ademas com poca preparacion el personal y con algunos detalles feos.

Un saludo

 

Yo he ido hoy y me han dado mi borrador. Con mi nombre y apellidos... me parece muy raro que a algunos no os lo hayan dado. Si embargo no han sabido decirme ni la hora ni el lugar. Parece que a cada uno nos cuentan una cosa (Soy de la 17)


Editado por apah99 07/12/2012 13:46
 
K
kevin7
07/12/2012 13:28

Hola a todos los vecinos:

1.-Las escrituras se firman el dia 13.

2.-Lugar Hotel Parque Sur.

3.-El borrador de escritura no lo entregan,y quedaron en darlo hoy dia 7.

3.-Para todos los vecinos recomiendo se baje el borrador y que lo re

visen.

4.-Los dias 6y7 estan debordados en Emsule y ademas com poca preparacion el personal y con algunos detalles feos.

Un saludo

 
D
dae
07/12/2012 11:38

Hola

Sin novedades. Lo dicho por otros.

El 13 se firma, no se sabe hora. Nos enviarán un sms o llamarán (más bien lo primero) para citarnos a una hora. Puede ser por la mañana o por la tarde.

Dicen que lo más seguro es que se entreguen las llaves, pero que puede ser que no. Por temas de suministros, que no estarían terminados.

Pregunté que si nos iban a dar una hoja donde pusiese la fecha de entrega y dicen que no. Que no pueden asegurar ninguna fecha.

Saludos

 
D
dae
06/12/2012 21:05

Hola a todos

Si el día de escrituración no nos entregan las llaves, deben especificar el día que lo harán.

Si no hacen firmar el contrato y dice que se nos hace entrega de las llaves, creo que acto seguido deberíamos denunciarlo en la comisaría ya que tenemos el usufructo (al firmar) y no podemos hacerlo.

Por no decir que un desconocido tiene las llaves de mi casa.

Por otra parte no entendería como el notario nos dejaría firmar eso.

Otro tema a tener en cuenta es el de los seguros, porque estaríamos pagando seguros de algo que no disfrutamos.

Mañana iré a EMSULE y me informaré, con la información que tenga comentaré por aquí.

Saludos.

 
N
neighbour222
06/12/2012 19:20

Hecharle un vistazo a este apartado del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación
2009-2012, porque no se realmente en que se van los 3.000 euros de gastos, puesto que registro y notaría van de oficio por ley.... cuanto nos cobran por la tramitación entonces??? Porque solo hay que llevar la escritura al registro y ya está!!!!

*** Disposición adicional cuarta. Aranceles notariales y registrales a aplicar en las transmisiones de viviendas protegidas

1. Los honorarios de notarios y registradores de la propiedad relativos a todos los actos o negocios jurídicos necesarios para que las viviendas de protección oficial o declaradas protegidas queden Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre | 74
disponibles para su primera transmisión o adjudicación, así como los relativos a los préstamos hipotecarios correspondientes a dichas viviendas, que hayan obtenido el carácter de convenidos en el ámbito de este Real Decreto, tendrán la reducción establecida en el artículo 8 de la Ley 41/1980, de 5 de julio, modificado por el Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio.
La primera transmisión o adjudicación, así como, en su caso, la subrogación en el préstamo hipotecario cualificado, de cada una de dichas viviendas, gozará de la mencionada reducción de los derechos de matriz, primera copia e inscripción; y, tratándose de viviendas cuya superficie útil no exceda de 90 metros cuadrados, tendrán los derechos arancelarios que se indican en los apartados 2 y 3.

2. Los derechos arancelarios de los Notarios aplicables a la primera transmisión o adjudicación de dichas viviendas serán, por todos los conceptos, los siguientes:

a) Primera transmisión o adjudicación de la vivienda: 60,047119 euros.

b) Cuando la vivienda lleve vinculada en proyecto y registralmente plaza de garaje y, en su caso, trastero u otros anejos, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en los siguientes importes:
9,015182 y 6,010121 euros, respectivamente.

c) Cuando se constituya garantía real en el mismo acto de la primera transmisión o adjudicación para asegurar el precio aplazado, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en el siguiente importe: 30,020555 euros.

3. Los derechos arancelarios de los Registradores aplicables a la primera transmisión o adjudicación de las referidas viviendas serán, por todos los conceptos, los siguientes:

a) Primera transmisión o adjudicación: 24,016444 euros.
b) Cuando la vivienda lleve vinculada en proyecto y registralmente plaza de garaje y, en su caso, trastero u otros anejos, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en los siguientes importes:
6,010121 y 3,005061 euros, respectivamente.

c) Cuando se constituya garantía real, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en el siguiente importe: 12,008222 euros.
4. Para gozar de las bonificaciones correspondientes a la primera transmisión o adjudicación, así como, en su caso, a la subrogación en el préstamo hipotecario cualificado, se precisará que sea la única vivienda del comprador, salvo que hayan sido privados de su uso por causas no imputables a los interesados, y se destine a su residencia habitual y permanente.

5. Los beneficios a que se refiere esta disposición adicional se entienden sin perjuicio de los que fueran más favorables, en función de la legislación a cuyo tenor se obtuvo la calificación de las viviendas.

 

Fin del hilo
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