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PatriciaAlonso
PatriciaAlonso
12/06/2012 09:20

AYUDAS

¿A qué tipo de ayudas financieras nos podemos acoger para la compra de viviendas con protección pública?

2.088 lecturas | 4 respuestas

Hola a todos, 

Cuando firme las mejoras, me indicaron en EMSULE que para determinar las ayudas a la que no podemos acoger dependia de cuando el promotor hubiera obtenido el prestamo, que habiendo tantas parcelas no lo recordaban y habían pedido dicha información a la comunidad de madrid y por lo tanto que a primeros de junio llamara para que me lo confirmarán.

Como emsule trabaja tan bien, ayer llamo y me dicen que si no estaba ya colgada la información en la web y le digo pues no, y me dice pues entonces te lo tendría que decir el banco con el que te vas a hipotecar, pero que ellos lo colgarán seguro.

¿sabe alguien a que tipo de ayudas nos podemos acoger?, a través del portal de vivienda veo lo siguiente que os copio.

 

Para conocer las ayudas financieras que le corresponden es necesario tener en cuenta la tipología de vivienda protegida que ha adquirido y si el promotor ha obtenido o no un préstamo convenido para su construcción.

 

Viviendas con Protección Pública calificadas al amparo del Reglamento de VPP, aprobado por Decreto 11/2005, de 27 de enero : estuvo vigente hasta  finales del 2010, de ahi la duda de algunas parcelas.

•Ayudas a la compra de Viviendas con Protección Pública Básica (VPPB)>

•Ayudas a la compra de Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado (VPPL)>
Viviendas con Protección Pública calificadas al amparo del Reglamento de VPP, aprobado por Decreto 74/2009, de 30 de julio:

•Ayudas a la compra de Viviendas con Protección Pública de precio básico>

•Ayudas a la compra de Viviendas con Protección Pública de precio limitado>
 

Espero alguien me pueda ayudar.

Gracias.

 
poza16V3
poza16V3
18/12/2012 13:54

Hola a todos, por si os interesa: Hoy a partir de las 19,30 horas en Emsule.

Tras ver todos los comentarios de los compañeros y, teniendo en cuenta que firmamos este jueves, creo que deberíamos comenzar a movernos en serio.
No se muy bien qué intenciones de pago hay de manera general, si la mayoría prefiere pagar y reclamar después o no pagar. Yo por mi parte, paso de pagar algo que considero abusivo e ilegal.
Por ello, propongo:
Mañana por la tarde, a eso de las 19, acudir la mayor parte de vecinos que podamos al Emsule y entregar el escrito que ha colgado Nerea García López en facebook (lo adjunto), añadiendo que todos los vecinos nos negamos al pago de dicho impuesto de tanteo y retracto, exigiendo la modificación de la factura de provisión. Además, por mi parte voy a enviar ese mismo escrito por correo electrónico al Emsule, para saturarles por todos los frentes y que vean que no estamos dispuestos a tragar

Esta es la página donde podréis ver el documento que propongo entregar.

.http://word.office.live.com/wv/WordView.aspx?FBsrc=http%3A%2F%2Fwww.facebook.com%2Fdownload%2Ffile_preview.php%3Fid%3D109436272559397%26metadata&access_token=1360211344%3AAVIz6rlFFHKjaIRuLozvoDf4S6uwdTRLjESXEpytqJwAkw&title=Escrito+a+Emsule.doc

 
N
neighbour222
17/12/2012 23:36

Hola vecinos, Sabéis como va lo de la ayuda, la documentación a presentar etc...?? Tengo entendido que hay que rellenar el documento del portal de vivienda de la CAM y presentarlo en Avenida de Asturias, sabeis si hay que presentar algún documento más???

 
Oskaraco
Oskaraco
18/06/2012 12:50

Patricia, en la Oficina de la Vivienda que la Comunidad de Madrid tiene en la Avenida de Asturias es donde te informan de las ayudas, pero no lo hacen por teléfono, hay que ir allí y me parece que había que pedir cita. Es mejor llevar la declaración de la RENTA y la documentación del piso. 

También te dan el impreso para solicitar las ayudas cuando llegue el momento.

Cuando yo fui la única duda era saber la fecha en la que el promotor había obtenido el préstamo, ahora que ya está claro, se puede contar además de la subsidiación del préstamo, con la ayuda directa.

Pero repito, en la Oficina de la Vivienda, te informan con todo detalle.

 
PatriciaAlonso
PatriciaAlonso
12/06/2012 18:16

Hola de nuevo, 

si hablamos del 2010, según he podido leer en la web, porque he intentado llamar a la oficina de vivienda, pero imposible no lo cogen..

pego un enlace para que le echeis un ojo,

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142626371073&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico

 

Especifica en el  que se mantienen las ayudas anteriores a la vigentes, puesto que se informo a la comunidad de madrid en 2010, y pone un enlace a las ayudas que son: 

1. Préstamos Convenidos>

2. Subsidiación del Préstamo Convenido>

3. Ayuda Estatal Directa a la Entrada>

 

es lo que creo despues de haber estado leyendo, estoy no quiere decir que me este equivocando, espero que deis vuestro opinion, y si alguien sabe mas o se ha informado mejor.

 

 

Fin del hilo
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