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I
ismaelcv
05/12/2012 20:46

URGENTE!!!!

¿Cuáles son las últimas noticias en la página principal de Emsule?

1.823 lecturas | 6 respuestas

En la web de Emsule han colgado tres notas nuevas en su página principal... Resumiendo:

1.- Relación de Notarios por Parcela

2.- Nos urgen a las parcelas 17, 19 y 22 a preparar la documentación y hacer los pagos porque se escritura el día 13... Mañana abren las oficinas de Emsule de 10h. a 14h.

3.- Borrador tipo de escritura.

Saludos

 
Gamino
Gamino
07/12/2012 15:25

Yo flipo con esta gente, tanto unos como otros.

 

Yo estoy ahora mismo en Canadá, porque mi oficina me ha trasladado aquí por un año.

 

Antes de irme, me moví todo lo que pude para dejar todo bien atado con respecto a esto del piso, se lo expliqué cuarenta veces a Emsule, cuarenta veces a Caja Madrid, hice un poder notarial para que mi madre pudiese hacer los trámites por mí, avisé a ambas entidades acerca de este poder, y les dije que por favor, cualquier comunicación importante, se la hiciesen también a mi madre.

 

Pues bien: la otra noche me voy a dormir, miro el móvil, y veo los mensajitos. Primera en la frente. En España a esas horas estábais todos durmiendo, y era esa mañana cuando había que ir. Así que tuve que avisar a mi familia por tres vías distintas. Afortunadamente lo vieron a tiempo y pudieron ir a Emsule a lo del papelo.

 

Pero me entero esta mañana (mi mañana) que ha ido mi madre al banco, con su poder notarial en mano, y no la han dejado utilizar mi cuenta porque "es que para eso necesitamos verificar el poder con nuestros abogados y lleva tiempo y tal y cual". Total, ha tenido que poner ella la pasta.

 

Por supuesto les he llamado para quejarme. Vale que se les haya precipitado el tema, pero joder, es su problema, no el mío. Es que manda cojones. Ni avisan en condiciones, ni te sirve de nada estar prevenido. Es que hay que joderse...

 
A
aitoryo
07/12/2012 14:04

neighbour222 dijo:

Hecharle un vistazo a este apartado del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación
2009-2012, porque no se realmente en que se van los 3.000 euros de gastos, puesto que registro y notaría van de oficio por ley.... cuanto nos cobran por la tramitación entonces??? Porque solo hay que llevar la escritura al registro y ya está!!!!

*** Disposición adicional cuarta. Aranceles notariales y registrales a aplicar en las transmisiones de viviendas protegidas

1. Los honorarios de notarios y registradores de la propiedad relativos a todos los actos o negocios jurídicos necesarios para que las viviendas de protección oficial o declaradas protegidas queden Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre | 74
disponibles para su primera transmisión o adjudicación, así como los relativos a los préstamos hipotecarios correspondientes a dichas viviendas, que hayan obtenido el carácter de convenidos en el ámbito de este Real Decreto, tendrán la reducción establecida en el artículo 8 de la Ley 41/1980, de 5 de julio, modificado por el Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio.
La primera transmisión o adjudicación, así como, en su caso, la subrogación en el préstamo hipotecario cualificado, de cada una de dichas viviendas, gozará de la mencionada reducción de los derechos de matriz, primera copia e inscripción; y, tratándose de viviendas cuya superficie útil no exceda de 90 metros cuadrados, tendrán los derechos arancelarios que se indican en los apartados 2 y 3.

2. Los derechos arancelarios de los Notarios aplicables a la primera transmisión o adjudicación de dichas viviendas serán, por todos los conceptos, los siguientes:

a) Primera transmisión o adjudicación de la vivienda: 60,047119 euros.

b) Cuando la vivienda lleve vinculada en proyecto y registralmente plaza de garaje y, en su caso, trastero u otros anejos, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en los siguientes importes:
9,015182 y 6,010121 euros, respectivamente.

c) Cuando se constituya garantía real en el mismo acto de la primera transmisión o adjudicación para asegurar el precio aplazado, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en el siguiente importe: 30,020555 euros.

3. Los derechos arancelarios de los Registradores aplicables a la primera transmisión o adjudicación de las referidas viviendas serán, por todos los conceptos, los siguientes:

a) Primera transmisión o adjudicación: 24,016444 euros.
b) Cuando la vivienda lleve vinculada en proyecto y registralmente plaza de garaje y, en su caso, trastero u otros anejos, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en los siguientes importes:
6,010121 y 3,005061 euros, respectivamente.

c) Cuando se constituya garantía real, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en el siguiente importe: 12,008222 euros.
4. Para gozar de las bonificaciones correspondientes a la primera transmisión o adjudicación, así como, en su caso, a la subrogación en el préstamo hipotecario cualificado, se precisará que sea la única vivienda del comprador, salvo que hayan sido privados de su uso por causas no imputables a los interesados, y se destine a su residencia habitual y permanente.

5. Los beneficios a que se refiere esta disposición adicional se entienden sin perjuicio de los que fueran más favorables, en función de la legislación a cuyo tenor se obtuvo la calificación de las viviendas.

 

 

Podrías comentar esto aqui???:

https://www.facebook.com/groups/pp5pozadelagua/

 
turkis
turkis
07/12/2012 12:49

bueno deciros que yo aterrice en santiago de compostela el miercoles a las 10 de la noche y yo sin saber nada y mi novia al verme me dice q no tenia q haber venido,q como cambian las cosas en un momento,pues bien va y me enseña los mensajes q mando el emsule ,bueno me quede blanco!! no me lo creia,vamos flipando,q como nos avisan a ultima hora y teniendo planeado ya el puente,q vayamos al dia siguiente festivo o al otro urgentemente q escrituramos el dia 13,bueno bueno bueno alucinante!! estos del emsule son lo peor,mala gestion e informacion,planificacion bueno y de todo,bueno a todo esto yo me pregunto?¿porque nos avisan siempre con tan pequeñisimo margen de tiempo? joder no podían haber avisado de esto por ejemplo el lunes o el martes ,teniendo como margen u n día aunque sea eso! o q nos vayan avisando de q posiblemente en el puente tengamos q ir o algo asi ,puesto q la gente hace planes en un puente como es normal!! y el q se haya ido al pueblo q no tenga cobertura y no le haya llegado los mensajitos,que,se jode, se queda sin piso por culpa de esta gente!! pues pobre del q no se haya enterado,yo menos mal que tengo una suegra q es una maravilla y fue ayer al emsule a coger la documentacion,hoy haremos los ingresos y el lunes ire para entregar lo q me piden y listo para escriturar el 13,bueno vecinos a pesar de todo ya casi esta echo,muchos animos a todos en especial al q le haya pillado de sopeton todo esto,bueno saludos a todos q coño ,q estoy todavia nervioso chaoo!!

 
N
neighbour222
06/12/2012 19:22

Hecharle un vistazo a este apartado del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación
2009-2012, porque no se realmente en que se van los 3.000 euros de gastos, puesto que registro y notaría van de oficio por ley.... cuanto nos cobran por la tramitación entonces??? Porque solo hay que llevar la escritura al registro y ya está!!!!

*** Disposición adicional cuarta. Aranceles notariales y registrales a aplicar en las transmisiones de viviendas protegidas

1. Los honorarios de notarios y registradores de la propiedad relativos a todos los actos o negocios jurídicos necesarios para que las viviendas de protección oficial o declaradas protegidas queden Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre | 74
disponibles para su primera transmisión o adjudicación, así como los relativos a los préstamos hipotecarios correspondientes a dichas viviendas, que hayan obtenido el carácter de convenidos en el ámbito de este Real Decreto, tendrán la reducción establecida en el artículo 8 de la Ley 41/1980, de 5 de julio, modificado por el Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio.
La primera transmisión o adjudicación, así como, en su caso, la subrogación en el préstamo hipotecario cualificado, de cada una de dichas viviendas, gozará de la mencionada reducción de los derechos de matriz, primera copia e inscripción; y, tratándose de viviendas cuya superficie útil no exceda de 90 metros cuadrados, tendrán los derechos arancelarios que se indican en los apartados 2 y 3.

2. Los derechos arancelarios de los Notarios aplicables a la primera transmisión o adjudicación de dichas viviendas serán, por todos los conceptos, los siguientes:

a) Primera transmisión o adjudicación de la vivienda: 60,047119 euros.

b) Cuando la vivienda lleve vinculada en proyecto y registralmente plaza de garaje y, en su caso, trastero u otros anejos, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en los siguientes importes:
9,015182 y 6,010121 euros, respectivamente.

c) Cuando se constituya garantía real en el mismo acto de la primera transmisión o adjudicación para asegurar el precio aplazado, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en el siguiente importe: 30,020555 euros.

3. Los derechos arancelarios de los Registradores aplicables a la primera transmisión o adjudicación de las referidas viviendas serán, por todos los conceptos, los siguientes:

a) Primera transmisión o adjudicación: 24,016444 euros.
b) Cuando la vivienda lleve vinculada en proyecto y registralmente plaza de garaje y, en su caso, trastero u otros anejos, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en los siguientes importes:
6,010121 y 3,005061 euros, respectivamente.

c) Cuando se constituya garantía real, la cantidad señalada se incrementará, por todos los conceptos, en el siguiente importe: 12,008222 euros.
4. Para gozar de las bonificaciones correspondientes a la primera transmisión o adjudicación, así como, en su caso, a la subrogación en el préstamo hipotecario cualificado, se precisará que sea la única vivienda del comprador, salvo que hayan sido privados de su uso por causas no imputables a los interesados, y se destine a su residencia habitual y permanente.

5. Los beneficios a que se refiere esta disposición adicional se entienden sin perjuicio de los que fueran más favorables, en función de la legislación a cuyo tenor se obtuvo la calificación de las viviendas.

 
P
periquita
06/12/2012 18:13

Esto es indignante, me parece fatal, vecinos, que nos hagan pagar 400 euros, una cantidad bastante alta, y lo peor es que ellos darán la gestion y administracion de nuestra parcela a quienes les parezca oportuno.

ahora bien,,,,, y si no hacemos el ingreso,, que pasaria ??? porque el ingreso no tiene nada que ver con la escrituracion, con la hipoteca..,, No???

 

Ya me decis algo. Un saludo.

 
Gamino
Gamino
06/12/2012 15:22

Hay que joderse, los que iban a dar flexibilidad de incluso un mes para la operación de escrituración (según me aseguaron las múltiples veces que les pregunté), y de repente les urge tanto que hasta lo hacen en un día de fiesta. De verdad... qué vergüenza de gestión, tanto ellos como los bancos. Para quemarlos a todos.

 

Fin del hilo
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