Spinely, recuerdo la polémica en el foro sobre el tema de aparcar dos vehículos, pero no recuerdo que se tomase decisión alguna en junta.
Tendría que revisar las actas, pero.. ¿estás seguro que se llegó a votar?
.. aún así habría que ver si realmente se puede prohibir a un vecino que aparque más de un vehículo en su propiedad si no rebasa los límites de la plaza.
La siguiente cita la he sacado de un foro legal, desconozco si es 'legalmente' cierto, pero a mi me parece muy lógico:
En aquellos garajes en los que las plazas son propiedad privativa, compartiendo los accesos y otras zonas comunes con los demás copropietarios, la comunidad no podrá regular la utilización que haga el propietario de la plaza de garaje, que únicamente estará sujeta a lo dispuesto en las normas de carácter administrativo (respecto al uso) y a las de propiedad horizontal en lo que se refiere a invasión o utilización privativa de elementos comunes.
Así, mientras que los vehículos no sobrepasen los límites de la plaza de garaje adquirida con carácter privativo y no entorpezcan al resto de los usuarios, podrá utilizarse para guardar en ella varios vehículos, dado el carácter privativo de la misma, que tendrá un tratamiento análogo al de la vivienda cuyo uso tiene la prohibición legal de no realizar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas, contemplada en el artículo 7 de la LPH.