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V
vecinodevallecas
24/02/2012 16:50

Yo he recibido la carta certificada con la Resolución concediéndome dos ayudas:

- Subsidiación del préstamo convenido

- Ayuda Estatal Directa a la Entrada

Ayer presenté en mi sucursal de Bankia la fotocopia de la Resolución, pero hoy me han envíado un mail donde me dicen:

"Para tramitar las ayudas es requisito imprescindible enviar el documento original al Ministerio y firmar un documento de declaración jurada de no haber sido beneficiario de otras ayudas estatales"

El cheque vivienda no esta incluido en estas ayudas.

 

 
C
carloscaro
22/02/2012 16:12

Buenas vecinos.

En mi caso me estan pidiendo mas papeleo la declaracion del 2007 y las escrituras.Le estaran dando vueltas para ver si me canso o se me pasa y no darme la ayuda.

cual es la ayuda que han concedido?

teniamos 2

1º cheque vivienda segun ingresos 10%,7%,5% del total de la vivienda.

2ºsubsidio de prestamo 82€ o 48€ segun ingresos.

gracias

 
torrente138
torrente138
17/02/2012 14:01

Hola vecin@s, siento transmitir malas noticias, pero esta mañana me he encontrada con la persona que lleva lo del tema de los recursos y me ha dicho que no hay manera de recurrir lo de los 6 meses desde la fecha de calificación definitiva para los que se lo desestimen por haber entrado tarde. De todas formas preguntad por si acaso y recurrid, nunca se sabe.

Otra noticia regular, respecto a la ayuda del cheque-vivienda he hablado con los del Área de Subvenciones y me han dicho que para este año no hay dinero en la partida presupuestaria y habría que esperar por lo menos hasta el año que viene y tampoco sería seguro. Pero bueno, por lo menos la ayuda estatal ya la han resuelto.

Un saludo.


Editado por torrente138 17/02/2012 14:21
 
B
Boxman
17/02/2012 11:24

Torrente, Efectivamente a mí también me ha llegado dicha carta con la concesión de esta ayuda...

 

 

torrente138 dijo:

Hola Ford F, pues después de haber leido la carta creo que solo son las de las ayudas estatales, que se divide en lo de la subsidiación del crédito convenido y una ayuda directa a la entrada, no hace referencia al cheque vivienda, imagino que eso será aparte.

Por cierto Nijau, por lo que he leido respecto al cheque vivienda dice lo siguiente "Estas ayudas se han de solicitar en un plazo máximo de 6 meses desde la Calificación Definitiva si el promotor es privado, o desde la fecha de otorgamiento de la correspondiente escritura pública de compraventa o adjudicación en propiedad si se trata de un promotor público" ( http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142587589564&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico ), y respecto a las Ayudas de planes estatales de vivienda dice "Estas ayudas se han de solicitar en un plazo máximo de 6 meses desde la Calificación Definitiva" ( http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142587774281&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico )

Me parecería mas lógico que fuese lo primero mas que lo segundo, no sé, me parece injusto, a lo mejor deberíais preguntar a los de la EMV, que ellos tienen que conocer mas casos iguales por si hubiese alguna forma de recurrir esta denegación.

 

 
torrente138
torrente138
16/02/2012 10:34

Hola Ford F, pues después de haber leido la carta creo que solo son las de las ayudas estatales, que se divide en lo de la subsidiación del crédito convenido y una ayuda directa a la entrada, no hace referencia al cheque vivienda, imagino que eso será aparte.

Por cierto Nijau, por lo que he leido respecto al cheque vivienda dice lo siguiente "Estas ayudas se han de solicitar en un plazo máximo de 6 meses desde la Calificación Definitiva si el promotor es privado, o desde la fecha de otorgamiento de la correspondiente escritura pública de compraventa o adjudicación en propiedad si se trata de un promotor público" ( http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142587589564&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico ), y respecto a las Ayudas de planes estatales de vivienda dice "Estas ayudas se han de solicitar en un plazo máximo de 6 meses desde la Calificación Definitiva" ( http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142587774281&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico )

Me parecería mas lógico que fuese lo primero mas que lo segundo, no sé, me parece injusto, a lo mejor deberíais preguntar a los de la EMV, que ellos tienen que conocer mas casos iguales por si hubiese alguna forma de recurrir esta denegación.

 
F
Ford_F
15/02/2012 18:10

Enhorabuena torrente138,

Una pregunta: te han concedido el cheque-vivienda? las ayudas financieras? o ambas cosas?

Aunque ya lo supondrás, aún no sé si tengo carta en el buzón, jeje.

Gracias.

Saludos

torrente138 dijo:

Buenas noticias, me comenta mi mujer que ha llegado una carta de la Comunidad de Madrid donde dice que nos conceden las ayudas, me ha dicho algo de que había que presentarlas en la entidad bancaría y no sé que mas, cuando la lea lo intentaré deducir, ya sabéis que todo lo de la administración tienes que tener un Master en Derecho para poder descifrarlo.

Pero bueno, buenísimas noticias si encontráis un acuse de recibo en el buzón.

Cuando sepa algo mas ya lo comentaremos.

Saludos.

 

 
lavallekana
lavallekana
15/02/2012 17:19

nijau dijo:

Hola a todos.

Yo he recibido hoy una carta de la CAM en la que me deniegan las ayudas porque trancurrieron más de 6 meses entre el visado de habitabilidad y la solicitud de las ayudas.

Yo entre más tarde que el resto y  no paso un més desde que firme escritura hasta que solicite las ayudas. Aunque en la normativa no pone nada al respecto, solo el plazo entre el visado y la sollicitud de ayuda....nada de motivos por los que se ha adquirido la vivienda más tarde ni nada.

 

A alguien le ha pasado algo parecido?

Se puede recurrir?

 

Hola Nijau

Yo aun no he llegado a casa por lo tanto no se si tendre algo en el buzon pero estoy en la misma situación que tu, me fue adjudicada la vivienda mas tarde que al resto y desde el primer momento a mi no me querian coger ni las ayudas pero con mi cabezoneria jejeje consegui que las admitieran aunque supongo que me vendran denegadas como a ti, lo suyo seria que una vez vayamos teniendo las resoluciones nos juntasemos todos los que tenemos el mismo problema y hacer presion, pq nosotros no tenemos la culpa de que nos entregasen el piso mas tarde y yo me niego por esa razon a perder unas ayudas que por ley me pertenecen....

 
torrente138
torrente138
15/02/2012 11:24

Buenas noticias, me comenta mi mujer que ha llegado una carta de la Comunidad de Madrid donde dice que nos conceden las ayudas, me ha dicho algo de que había que presentarlas en la entidad bancaría y no sé que mas, cuando la lea lo intentaré deducir, ya sabéis que todo lo de la administración tienes que tener un Master en Derecho para poder descifrarlo.

Pero bueno, buenísimas noticias si encontráis un acuse de recibo en el buzón.

Cuando sepa algo mas ya lo comentaremos.

Saludos.

 
C
cagoenchos
09/02/2012 20:51

Buenas a todos:

Yo os dejo mi correo, pero poco tengo que explicar fuera de lo que he comentado. Hoy he hablado con la EMV y me han dicho que mañana irán los abogados a Maudes que hoy habían estado en Alcalá. Que ya me llamarían cuando supieran algo. Paciencia.

Si la Comunidad de Madrid se mantiene firme en su resolución, habrá que denunciar a la EMV y para ello no estaría mal que lo hiciéramos conjuntamente o que compartieramos recursos e información.

Saludos

cagoenchosarrobahispavista.com

 
S
Susy77
09/02/2012 16:51

Hola a todos!

Cagoenchos, sería posible que también me pasaras tu dirección de e-mail para hacerte una consulta? Mi dirección es susylondon7@hotmail.com

Yo también estoy en el listado de los visados denegados.....

Mil gracias.


 


Editado por Susy77 09/02/2012 16:52
 
S
skalamandra
09/02/2012 10:11

cagoenchos dijo:

Hola a todos:

Al final en la EMV no me dijeron nada del tema. Estaban esperando a que sus abogados se enteraran para decirme algo. Han quedado en llamarme pero ha pasado una semana y no lo han hecho.

Mirando en los papeles que tengo he visto que me daban una relación de los pisos que están en la misma situación que el mío con el tema de la denegación del visado. Son:

Del 9 A: Bajos A y C, segundo C, sextos C y D

Del 9 B: Sexto C

Del 9 C: Sexto E

Saludos

 

soy uno de los vecinos que estan con el visado denegado, me podrias dar un correo para poder habalr contigo?

 
C
cagoenchos
08/02/2012 13:43

Hola a todos:

Al final en la EMV no me dijeron nada del tema. Estaban esperando a que sus abogados se enteraran para decirme algo. Han quedado en llamarme pero ha pasado una semana y no lo han hecho.

Mirando en los papeles que tengo he visto que me daban una relación de los pisos que están en la misma situación que el mío con el tema de la denegación del visado. Son:

Del 9 A: Bajos A y C, segundo C, sextos C y D

Del 9 B: Sexto C

Del 9 C: Sexto E

Saludos

 
torrente138
torrente138
01/02/2012 09:53

Pues si que es raro el caso vuestro, a nosotros todavía no nos han contestado a los recursos por la denegación precisamente porque estaban esperando que se resolviese el tema del visado de contrato, con lo cual me parece ilógico que a vosotros se os deniegue directamente, si es cierto que a lo mejor la EMV no hizo bien el recurso, en nuestro caso, yo trabajo en la Consejería de Medio Ambiente y los compañeros que llevan lo del recurso me dijeron que la EMV puso el recurso fuera de plazo y no en la forma correcta, y que al final casi por cortesía lo admitieron.

Por eso digo yo que parece que todo esto lo llevan Mortadelo y Filemón, peor no se puede hacer, lo único cierto es que los que acabamos jodid..... somos nosotros que después de perder días pidiendo y llevando papeles, nos quedamos con cara de tontos.

En vuestro caso, yo reclamaría a la EMV que os indemnice por la pérdida de las subvenciones, por ser una causa suya el no obtener el visado de contrato.

 
C
cagoenchos
31/01/2012 20:08

Hola Torrente138:

Primero agradecerte toda la información que has ido volcando en el foro con respecto a este tema.

Yo te cuento lo que se hasta ahora según los pasos que he dado. Como a todos me deniegan las ayudas por falta de visado. Primero el cheque vivienda, pongo el recurso y me viene denegado. Luego las ayudas financieras. Pongo el recurso y me viene denegado. Siempre por falta de visado. Siguiendo el foro veo que parece que la CAM da el visado a las viviendas. Voy allí y me dicen que si, que hay visado y que están en proceso. Yo les pregunto que como puedo tener denegaciones en firme cuando empiezan a tramitarse las ayudas normalmente dejandomé la única vía del contencioso administrativo. Su contestación es que hay unos 8 vecinos que no se les concede el visado que se corresponden con los que entramos más tarde en las viviendas y que verdes las han segado.

Al igual que vosotros  yo reclamé a la EMV una solución en su dia y no me habían dicho ni pio. Después de ir cinco veces he conseguido una cita con alguien de la EMV que me va a aclarar el tema o eso espero. En estas visitas he visto subsanaciones de nuestras viviendas en escrituras presentadas a la CAM que nada tiene que ver con las notas simples de que no tienes otra propiedad en territorio nacional para decirme que ellos subsanaron y que la CAM no tiene razón. No se cosas muuu raras. El caso, que ya contaré lo que me digan a finales de semana. Y eso tenerlo claro, esté quien esté, si se pueden ahorrar las ayudas, lo van a intentar.

Saludos

 
torrente138
torrente138
31/01/2012 14:08

Hola vecin@s, no me cuadra lo que estáis contando, muchos de vosotros entrastéis cuando ya nos habían denegado las ayudas por falta del visado de contrato a los primeros inquilinos. Nuestra causa era que la fecha del registro de la propiedad en la que constaba que no teníamos ninguna propiedad en el territorio nacional no era la fecha del día de la firma del contrato de compraventa, entonces nos hicieron solicitar un escrito al registro donde decía que a fecha de la firma del contrato no eramos propietarios.

Mi pregunta es, la mayoría de vosotros solicitastéis las ayudas cuando ya nos las habían denegado a nosotros, entonces ¿porqué la EMV no os avisó de éste hecho a los últimos que lo habéis solicitado y vuelve a suceder lo mismo?, ya no solo con nosotros, sino con otras comunidades que lo han solicitado después.

Yo desde el principio he pensado que esto pasa porque al ayuntamiento (EMV) y a la comunidad (AYUDAS), ambas del PP, les viene de maravilla, y según estan las cosas, 1º retrasar la concesión de las ayudas durante años, y 2º entre denegaciones, recursos y solicitud de documentación, mucha gente no ha reclamado, presentado documentación o se le han pasado plazos y por tanto ya no es que se retrase el pago de las ayudas, sino directamente que no las van a cobrar.

Es que si no, no tiene explicación......

 
C
cagoenchos
30/01/2012 23:24

Hola chejra:

Intento explicarte. Por un lado están los vecinos que entraron a las viviendas al principio. A ellos después de rollos se les ha concedido el visado y les darán las ayudas cuando y a quién toque.

Por otro lado estamos los vecinos que entramos a las viviendas con posterioridad.y a nosotros no nos han concedido el visado y nos han rechazado las ayudas en firme. Para constatar este hecho puedes hablar con Marta Marina en la CAM en la calle Maudes. La EMV dice que van a intentar desde sus servicios jurídicos levantar este tema pero mucho me temo que no van a poder. Tienes que dirigirte a la EMV, diciendo que eres de Vallecas 14 y vas por el tema de la denegación del visado. Yo tengo una cita esta semana para que me den una explicación de cuales son los pasos que se han seguido en esta mierda y lo que van a intentar ahora, pero ya me adelantaron que no van a entrar en que si la CAM dice que son ellos culpables o al revés. Se quieren escudar en que no tendríamos derecho a las ayudas por presentar tarde las documentación desde la cédula de calificación pero la CAM dice bien claro que antes de ésto ya deniega las ayudas por no haber visado porque no subsanaron la documentación presentada aunque se la pidieron a la EMV. Ya veremos.

Saludos
 

 
C
cagoenchos
30/01/2012 23:22

Hola chejra:

Intento explicarte. Por un lado están los vecinos que entraron a las viviendas al principio. A ellos después de rollos se les ha concedido el visado y les darán las ayudas cuando y a quién toque.

Por otro lado estamos los vecinos que entramos a las viviendas con posterioridad.y a nosotros no nos han concedido el visado y nos han rechazado las ayudas en firme. Para constatar este hecho puedes hablar con Marta Marina en la CAM en la calle Maudes. La EMV dice que van a intentar desde sus servicios jurídicos levantar este tema pero mucho me temo que no van a poder. Tienes que dirigirte a la EMV, diciendo que eres de Vallecas 14 y vas por el tema de la denegación del visado. Yo tengo una cita esta semana para que me den una explicación de cuales son los pasos que se han seguido en esta mierda y lo que van a intentar ahora, pero ya me adelantaron que no van a entrar en que si la CAM dice que son ellos culpables o al revés. Se quieren escudar en que no tendríamos derecho a las ayudas por presentar tarde las documentación desde la cédula de calificación pero la CAM dice bien claro que antes de ésto ya deniega las ayudas por no haber visado porque no subsanaron la documentación presentada aunque se la pidieron a la EMV. Ya veremos.

Saludos
 

 
torrente138
torrente138
30/01/2012 10:21

Hola chejra a nosotros nos han contestado que se estima el recurso de la EMV y que se nos concederá el visado por silencio administrativo, con lo que entiendo que el visado hasta que no tengamos una copia no estará concedido.

 
C
chejra
25/01/2012 20:59

Hola buenas.

Soy una vecina vuestra y he estado leyendo el foro desde hace mucho.

Me gustaría saber si alguien mas a recibido esa carta, por que yo llegue un poco más tarde que vosotros y a mi me mandaron una carta este pasado diciembre denegándome el recurso, por que no tenían el visado.

Entonces no lo entiendo si a vosotros os han dicho que ya esta ¿Porque me lo deniegan? ¿Alguien sabe algo sobre el tema?

Gracias un saludo

 
G
griogonz
02/01/2012 16:28

Muchas  gracias2008.

La EMV si que ha recurrido pero se lo han denegado.

 
H
house2008
29/12/2011 10:06

Hola griogonz... en principio el recurso que se ha ganado es el que interpuso la EMV directamente y que ha sido favorable por silencio administrativo por lo que me imagino que para vuestra promoción también habrá recurrido la EMV.

 
G
griogonz
28/12/2011 23:40

Hola

Enhorabuena por la concesión del visado.Es un gran paso, ahora ojala no pongan ninguna pega con las ayudas.

Yo estoy en el mismo caso, soy de una promoción de Hortaleza (algún vecino mio os ha escrito ya). Nosotros no tenemos todavía ninguna respuesta oficial. Solo sabemos que la CAM a contestado a la EMV al recurso que pusieron por la denegación del visado. La respuesta es que no aceptan el recurso, vamos que no tenemos visado.

Por ello y por ir adelantándonos, or rogaría que me pudierais facilitar el teléfono del abogado que os ha llevado el caso.

Estamos completamente perdidos y no queremos dar un paso erroneo. Mi correo es griogonz@yahoo.es Os estaría enormemente agradecida si me facilitais el teléfono, email...lo que sea.

saludos y felices fiestas.

 
R
ruth77
23/12/2011 15:24

Hola!! Si, además de la carta de la EMVS, me ha llegado la carta de C.Madrid, diciendo lo mismo: concesión de visado por silencio administrativo. Pensé q alguien más la había recibido... pero por lo comentáis veo q no.

Llamé a Maudes, hable con visados y con ayudas. Me dijeron, q una vez se resuelvan los recursos, desde alcalá lo devolverán a maudes. Y q ya ellos se encargan. Q no hay que presentar nada nuevo. Tb me comentaron q lo del cheque esta parado porq no hay dinero y hay q esperar al presupuesto.

Feliz Navidad para todos!! Y esperemos q en el 2012 se resuelvan las ayudas!!

 
F
Ford_F
22/12/2011 10:35

ruth77 dijo:

Hola!! Además de la carta de la emvs informando de la concesión del visado. Hoy recibo carta de la comunidad informando de lo mismo (tanto meses sin saber nada y ahora q de información... jejeje!!).

El caso, ¿hay q hacer algo? ¿Nueva solicitud de las ayudas presentado la concesión del visado por silencio? Pero presentarla de nuevo al mismo organismo q nos las ha denegado y q nos ha concedido el visado no parece q tenga sentido... Pero como todo es un sin sentido... ¿Alguna idea? Gracias!!

 

ruth77,

has recibido carta de la Comunidad de Madrid comunicandote que se concede el visado por silencio administrativo??? yo solo he recibido la de la EMVS.

 
torrente138
torrente138
19/12/2011 13:57

Yo creo que no tenemos que realizar ninguna gestión nueva, dado que han contestado al recurso de alzada que realizó la EMV por la denegación del Visado, ahora una vez resuelto el tema del visado, el departamento de ayudas, contestará a nuestros recursos sobre la denegación de las ayudas.

Por lo que me dijeron en el área de Recursos e Informes, en el departamento de las ayudas estaban pendientes de que se resolviese el tema del visado para contestarnos a cada uno individualmente (estudiando caso por caso) si somos merecedores de las subvenciones.

 
H
house2008
15/12/2011 10:18

yo estoy igual que tú Ruth, lo podemos plantear en la próxima junta ke será el día 19.

 
R
ruth77
14/12/2011 21:42

Hola!! Además de la carta de la emvs informando de la concesión del visado. Hoy recibo carta de la comunidad informando de lo mismo (tanto meses sin saber nada y ahora q de información... jejeje!!).

El caso, ¿hay q hacer algo? ¿Nueva solicitud de las ayudas presentado la concesión del visado por silencio? Pero presentarla de nuevo al mismo organismo q nos las ha denegado y q nos ha concedido el visado no parece q tenga sentido... Pero como todo es un sin sentido... ¿Alguna idea? Gracias!!

 
C
carloscaro
05/12/2011 16:58

Hola vecinos.

Hoy me ha llegado una carta de la emvs con buenas noticias me conceden el visado por silencio administrativo.

Ahora tendremos que seguir luchando para que nos den las ayudas.

saludos

 
Q
qilu
24/11/2011 19:17

Muy buenas

soy un propietario de una casa de la emv q esta en vuestra situacion, lo q pasa es que vosotros nos llevais ventaja, a nosotros no nos han comunicado nada todavia,lo q pasa es q yo me pase a ver como iba el tema y me encontre toda la tosta

creo q es algo bastante frecuente esta situacion y a mi entender es una forma bastante solapada de ahorrarse dinero o esperemos de retrasar los pagos

en nuestra promocion es de lo mas sangrante, ya q hay vecinos q ya estan empezando a cobrar y otros q no sabemos q hacer ni tenemos ninguna notificacion de nada

Por eso os agradeceria me dierais telefonos o direcciones donde poder dirigirnos

lo de ir a Maudes ,ya he decidido q solo vale para acabar quemadisimo,y poco mas(yo estoy seguro de q ellas saben los pasos q tenemos q dar para solucionarlo,pero se niegan a darnos algun tipo de informacion)

lo dicho ,os agradeceria cualquier tlf o sitio donde ir

muchisimas gracias

 
torrente138
torrente138
10/11/2011 10:39

Hola Alquilado2, en principio si te tienen que dar una copia de ese visado de contrato por parte de la EMV , pero tardan mucho tiempo y lo normal es que se pierda por el camino, el problema por el cual no nos visaron el contrato, es que cuando entregas la documentación para solicitar el visado una vez que firmas la compra, es que tienes que entregar una documentación y entre ellos tienes que entregar un escrito del registro de la propiedad que acredite que el día de la firma de la venta no eras propietario de ninguna otra casa, nuestro problema fué que en la emv no nos dijeron nada y lo que entregamos fue este papel con fecha posterior a la firma, porque nadie salió de la firma a pedir ese papel al registro. La Comunidad de Madrid que es la que realiza el visado le exigió que se corrigiera este defecto a la EMV y por incompetencia de ésta no se entregó la documentación en tiempo y forma, con lo cual nos denegaron el visado y consecuencia de ello nos denegaron las ayudas. Por lo tanto llevamos varios años de retraso para poder tener acceso a dichas ayudas, si es que llegan....

 
A
Alquilado2
06/11/2011 01:53

Buenas Noches

Perdonar la intromisión, soy de Tempranales y recientemente hemos firmado ya, por fin tenemos nuestras casas !!

 

Estamos tambien en via de tramitar el cheque y leo con interes este post. En mi promoción NO nos han dado ningun contrato de compraventa visado por la CAM, supongo que ellos lo habran entgregado en tiempo y forma, y que no nos pase como a vosotros, pero claro, me pregunto yo ....ese contrato visado nos lo tienen que dar a nosotros ? incluso ahora, despues de haber firmado las viviendas ?

Nuestra promotora es tambien la EMSV .....

 

 

Gracias !

 
torrente138
torrente138
21/10/2011 14:34

Hola BurbujaVengadora lo modelos para las reclamaciones de las ayudas estan colgadas en los foros de nuestro administrador de fincas y solo podemos acceder nosotros, pero pego aquí el modelo y lo adaptas a lo que necesites, tienes que mirar que tipo de recurso te permite poner, eso te lo pone en la carta de denegación, si es de reposición o de alzada, el texto sería el mismo pero cambiando el modelo de recurso, También tienes que mirar que ayuda es la que te han denegado, si el cheque vivienda o la otra que no me acuerdo como se llama. El recurso para las ayudas y el visado es lo mismo, ya que el visado no es cuenta nuestra sino de la emvs. Aquí te dejo el texto para el recurso:


1) Es necesario que cada propietario rellene los campos con su nombre, apellidos, dirección, NIF y fecha de notificación de la orden de denegación y fecha de la orden.
2) Adjuntar una fotocopia de la orden en la que se notifica la denegación.
3) Ha de hacerse dos copias y entregar una de ellas en registro y mostrar la otra al objeto de que se la sellen en registro. Es importante que el propietario guarde la copia sellada como justificante de haberlo presentado.
4) El registro puede ser el de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid en la calle Princesa de Madrid, o cualquier otro registro público que tenga convenio con la Comunidad de Madrid.
5) Para cualquier duda puede enviar email a asesor@centralia.es

ASUNTO: DENEGACION CHEQUE VIVIENDA
ACTUACIÓN PROTEGIBLE: VIVIENDA CON PROTECCIÓN PÚBLICA BÁSICA

EXPEDIENTE CONSTRUCCIÓN:____________________

Nº DOC:________________________________
Nº EXP:________________________________

 

A LA CONSEJERA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DON/DOÑA _____________________________________, mayor de edad, con N.I.F. __________________________ y domicilio en la calle______________________________________, número___________________ piso________________________ del municipio de ______________________, provincia de _____________________________, C.P. __________________________, en mi propio nombre y derecho, ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Qué, el día ___ de ______ de 2010, nos ha sido notificada la Orden de ___ de Mayo de 2010 de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, adoptada por delegación por el Director General de la Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid por la que se RESUELVE DENEGAR EL CHEQUE VIVIENDA A______________________ (Se aporta como documento nº 1 una copia de la orden referida).

Que, por medio del presente escrito y, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y concordantes de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo LPC), vengo a interponer RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN contra la Orden de ___ de Mayo de 2010 de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, adoptada por delegación por el Director General de la Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid por la que se RESUELVE DENEGAR EL CHEQUE VIVIENDA A______________________, que nos ha sido notificada el pasado día ___ de Mayo de 2010 y ello en virtud de las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERA.- INFRACCIÓN DEL ARTÍCULO 16 DEL DECRETO 11/2005, de 27 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE VIVIENDAS CON PROTECCIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID. NULIDAD DE LA DENEGACIÓN ACORDADA.


De acuerdo con la orden notificada, contra la que se interpone el presente recurso de reposición, se deniega el cheque vivienda venta porque “al título de acceso a la vivienda le ha sido denegado el visado, lo que impide la obtención de ayudas económicas por adquisición de vivienda protegida”.

La meritada orden de denegación no expone, ni concreta las razones por las que se ha denegado el visado al título de acceso a la vivienda, lo cual es especialmente relevante, ya que el visado del título de acceso es un acto reglado y debido para la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Así, el artículo 16 del DECRETO 11/2005, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid, (aplicable al presente caso, puesto que la calificación definitiva de viviendas con protección pública se otorgó mediante Resolución del Director General de la Vivienda y Rehabilitación de 22 de octubre de 2008) establece:


“Los contratos de compraventa o adjudicación y arrendamiento y, en su caso, escrituras públicas de declaración de obra nueva para el supuesto de promoción individual para uso propio de las Viviendas con Protección Pública, deberán presentarse por el promotor/vendedor o arrendador ante la Consejería competente en materia de vivienda, para su visado con la solicitud de calificación definitiva, y en el supuesto de que la vivienda se vendiese o arrendase después de concedida la calificación definitiva, en el plazo máximo de diez días a partir de la suscripción del contrato.

El visado acreditará, en todos los supuestos, que el contrato contiene las cláusulas obligatorias establecidas en el artículo anterior. Además, en el supuesto de primera transmisión de la vivienda, cuando el destino original de la misma sea la venta o el uso propio y en el supuesto de cesión de uso de la vivienda cuando el destino original de la misma sea el arrendamiento, el visado acreditará que el adquirente o arrendatario, respectivamente, cumplía a la fecha de su suscripción las condiciones establecidas para acceder a la vivienda, por lo que, junto con el contrato deberá aportarse la documentación que acredite el cumplimiento de tales condiciones.

A la vista de la documentación aportada, y si se cumplen los requisitos exigidos por la normativa aplicable, la Consejería competente en materia de vivienda, en el plazo máximo de seis meses, procederá a devolver al promotor/vendedor o arrendador el original del contrato con el correspondiente visado, así como una fotocopia del mismo, para su entrega por parte de aquél al adquirente o inquilino, quedando otra copia en el expediente. Transcurrido el mencionado plazo sin que se hubiese procedido en la forma indicada, podrá entenderse otorgado el visado por silencio administrativo.

Si el contrato no reuniese la totalidad de las cláusulas obligatorias o no se hubiese aportado la totalidad de la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones para acceder a la vivienda, se concederá al promotor/vendedor o arrendador un plazo de diez días para su subsanación, transcurrido el cual sin llevarlo a cabo, mediante resolución se denegará el visado.

La denegación del visado determinará la instrucción, en su caso, del correspondiente expediente sancionador”.

Por su parte, las cláusulas obligatorias que debe tener el contrato son, a tenor de lo dispuesto en el artículo 15 del DECRETO 11/2005, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid, son:

“Los contratos de compraventa o adjudicación y arrendamiento y, en su caso, las escrituras públicas de declaración de obra nueva para el supuesto de promoción individual para uso propio de las Viviendas con Protección Pública, deberán incluir las siguientes cláusulas:

A) Con carácter general:

a) Que la vivienda está sujeta a las prohibiciones y limitaciones derivadas del régimen de protección previsto en el presente Decreto, y, por consiguiente, las condiciones de utilización serán las señaladas en la calificación definitiva y los precios de venta o renta no podrán exceder de los límites establecidos.

b) Que el promotor/vendedor o arrendador se obliga a entregar las llaves de la vivienda en el plazo máximo de tres meses a contar desde la concesión de la calificación definitiva o desde la fecha del contrato, si fuera posterior, salvo que dicho plazo sea prorrogado por la Consejería competente en materia de vivienda.

c) Que el promotor/vendedor o arrendador se obliga a entregar al adquirente o arrendatario un ejemplar del contrato o título, debidamente visado por la Consejería competente en materia de vivienda.

B) Con carácter específico para los contratos de compraventa o títulos de adjudicación:

a) Que el promotor o vendedor se obliga a elevar a escritura pública el contrato de compraventa o título de adjudicación en el plazo de tres meses a partir de la fecha de calificación definitiva de la vivienda o de la del contrato, si fuera posterior, salvo que dicho plazo sea prorrogado por la Consejería competente en materia de vivienda.

b) Que los gastos concernientes a la declaración de obra nueva y división horizontal, así como los de constitución y división del crédito hipotecario, serán en todo caso a cuenta del promotor de la vivienda.

c) Que el adquirente podrá instar la resolución del contrato o título en el caso de denegación de la calificación definitiva de la vivienda…..”

Como consta en el expediente, he procedido a aportar la totalidad de la documentación exigida, cumplo los requisitos establecidos por la normativa para la obtención del cheque vivienda y por lo que se nos ha comunicado, el pasado 26 de Febrero de 2010, la EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO S.A., procedió a dar cumplimiento (nº de referencia 10 / 087621.9/10) al requerimiento de documentación efectuado desde esta Consejería, como promotora que es de las mismas.

En consecuencia, y dado el cumplimiento de los requisitos establecidos legalmente, la denegación acordada en la orden que se recurre, constituye una infracción de la obligación legal que tiene, ex artículo 16 del DECRETO 11/2005, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid, infracción constitutiva de la nulidad del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63 de la LPC 30 /1992 de 26 de Noviembre.

En virtud de lo anterior,

SOLICITO, que se tenga por presentado este escrito con el documento que se adjunta, los admita y de acuerdo con lo contenido en ellos se tenga por interpuesto en tiempo y forma RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN contra la Orden de ___ de Mayo de 2010 de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, adoptada por delegación por el Director General de la Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid por la que se RESUELVE DENEGAR EL CHEQUE VIVIENDA A______________________, que nos ha sido notificada el pasado día ___ de Mayo de 2010 y, de acuerdo con la alegación formulada, se sirva:
1º Dictar resolución por la que se acuerde la nulidad de la orden objeto de este recurso y se dicte nueva resolución por la que se acuerde concederme el cheque vivienda solicitado.
2º Subsidiariamente a la petición anterior, se dicte resolución en la que se expliciten las razones por las que se ha denegado el visado del título de acceso, persona responsable del incumplimiento y si se ha incoado el correspondiente expediente sancionador.

En Madrid a ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬___________ de ______________ de 2010.


Fdo: Don /Doña___________
NIF __________________.

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.
COMUNIDAD DE MADRID.
REGISTRO
Calle Princesa nº 3, planta 1ª de Madrid.
C.P. 28008 MADRID.

6) Es necesario que cada propietario rellene los campos con su nombre, apellidos, dirección, NIF y fecha de notificación de la orden de denegación y fecha de la orden.
7) Adjuntar una fotocopia de la orden en la que se notifica la denegación.
8) Ha de hacerse dos copias y entregar una de ellas en registro y mostrar la otra al objeto de que se la sellen en registro. Es importante que el propietario guarde la copia sellada como justificante de haberlo presentado.
9) El registro puede ser el de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid en la calle Princesa de Madrid, o cualquier otro registro público que tenga convenio con la Comunidad de Madrid.
10) Para cualquier duda puede enviar email a asesor@centralia.es

 
torrente138
torrente138
21/10/2011 14:28

Hola Ford_F, no me acuerdo muy bien lo que decía la carta, pero creo que hace referencia a silencio negativo, no que se entienda desestimado, es decir, que hasta que ellos no resuelvan no podemos reclamar que se nos abone nada, hay que esperar hasta que resuelvan, en principio, favorablemente, eso tendran que estudiarlo caso por caso, si cumplimos las condiciones necesarias para percibir ayudas.

En cuanto a lo del visado de contrato, puede ser que incluso no tengamos que esperar, ya que sería con caracter retroactivo al momento en el que se solicitó al solucionarse el problema por el que nos lo denegaron.

Todo esto es lo que yo creo, pero tampoco lo digo a ciencia cierta.

 
B
BurbujaVengadora
14/10/2011 01:37

Hola a todos:

Yo también soy propietaria de una vivienda de la EMVS, en el distrito de Hortaleza. Esta misma semana nos hemos enterado de que la comunidad de Madrid nos deniega las ayudas por el mismo motivo que a vosotros: denegación del visado de los contratos (debe ser que está de moda...). La verdad es que no sabemos muy bien por donde empezar, pero gracias a vuestro foro hemos estado viendo los pasos que tenemos que seguir, mejor dicho, el "calvario" por el que tenemos que pasar, igual que vosotros...

He leído que teneis un escrito "tipo" para reclamar la denegación del visado y otro para reclamar la denegación de las ayudas. ¿Podeis decirme donde puedo conseguirlos? En nuestra promoción somos 85 los damnificados por la EMVs con este tema y nos vendría muy bien tenerlos para empezar a presentarlos cuanto antes, igual con suerte para el 2025 cobramos algo... :P

Muchas gracias de antemano, espero vuestras respuestas y os deseo mucha suerte.

 
F
Ford_F
13/10/2011 16:15

Hola torrente138,

Gracias por contestar. Creo haberte entendido.

En cuanto al visado, ¿cuándo empezarían a contar los 3 meses? ¿o cuando podría considerarse concedido? Es que visto lo visto, hay 3 o 4 pasos que se deben ir produciendo hasta que nos lleguen las ayudas, y con eso, como bien dices, y con suerte, podrían llegar para el 2013 o.....

En cuanto al recurso de alzada, ¿habría que hacer algo dentro de tres meses si no recibimos respuesta? ¿o simplemente esperar? La verdad es que da cierto miedo eso de que te digan que se consideraría desestimado a los 3 meses (si no recibimos respuesta).

Te estoy friendo a preguntas vecino!

Gracias de nuevo.

 

 
torrente138
torrente138
13/10/2011 14:40

Hola Ford_F, a mi entender por lo que sé, el silencio administrativo, a lo que se refiere es que en algunos casos es afirmativo, y si tras 3 mes después de haber solicitado una licencia no te han contestado, con la misma solicitud se entiende que está concedida, es lo que va a suceder en el caso del visado, 3 meses después de que no haya nada que lo deniegue se entiende concedido por silencio administrativo.

En el caso del recurso de alzada, dice que el silencio es negativo, es decir, no genera derecho a nuestro favor, pero no quiere decir que pasados 3 meses se entiende desestimado, sino que mientras ellos no contesten se entiende negativo, pero pueden tardar 3 meses o 3 años (espero que sea menos, jeje) en contestar, es una manera de cubrirse las espaldas la administración en caso de que tarden en contestar.

Como en la página del adminsitrador ponía que el 1º recurso se entendía desestimado al pasar 3 ó 6 meses, no lo sé, subí a preguntar en el área de recursos y me dijeron que no, que mientras ellos no contesten el recurso no estaba desestimado, que estaban pendiente de la resolución del visado de contrato y por eso estaba todo parado.

Espero haberme explicado medianamente bien....

 
F
Ford_F
06/10/2011 10:20

torrente138,

antes de nada, muchas gracias por la información que nos vas dando.

Según lo que dices, todo se iría resolviendo satisfactoriamente, pero personalmente me dejó bastante preocupado la carta que recibimos después de presentar el recurso de alzada para las ayudas financieras, en la que nos decían que lo habían recibido, y que en caso de no tener respuesta en 3 meses (creo recordar) se entendería como denegado dicho recurso.

Es decir, los pasos que nos has contado (visado por silencio administrativo, informe favorable a nuestro recurso, orden de la consejera, y estudio caso a caso)  se producirían antes del fin de los 3 meses que nos decían en la última carta?

Quizá no tengas las respuestas, pero en cualquier caso, muchas gracias!!!!!

 

torrente138 dijo:

Buenas vecinos, he subido a hablar con los de Recursos y me han comentado, que se nos concederá el visado por silencio administrativo, que se lo han comunicado a los de ayudas y que estos tienen que redactar un informe favorable a nuestro recurso y posteriormente tienen que hacer una orden de la consejera que anule la orden que nos deniega las ayudas, y que posteriormente estudiarán caso por caso si a cada uno le corresponde o no ayudas y la cuantía.

 

 
H
house2008
06/10/2011 10:10

Muchisimas gracias por la gestión... a ver si de aki al 2013 nos cae algo...

 
torrente138
torrente138
04/10/2011 12:56

Buenas vecinos, he subido a hablar con los de Recursos y me han comentado, que se nos concederá el visado por silencio administrativo, que se lo han comunicado a los de ayudas y que estos tienen que redactar un informe favorable a nuestro recurso y posteriormente tienen que hacer una orden de la consejera que anule la orden que nos deniega las ayudas, y que posteriormente estudiarán caso por caso si a cada uno le corresponde o no ayudas y la cuantía.

 
J
jonaswas
27/09/2011 10:37

Gracias Torrente, por fin una buena noticia aunque algo desoladora por los tiempos de espera pero mientres llege, mejor tarde que ...

Yo por mi parte estuve en agosto en la CAM de la C/ Maudes para informarme de la situación de los visados y despues de buscar el recurso que presento la EMVS y confundirnos con otra promoción de la EMVS que tambien los tiene denegados (osea que no somos los unicos), me  informaron que:

1- La Denegación de los visados fue por presentar los certificados de titularidad con fecha posterior a la firma del contrato cuando hay que presentarlos con fecha anterior hasta 6 meses de la firma del contrato (cosa que ya sabemos), tramite que no ha cambiado como nos dijo la sra. Encarna de la EMV.

2- Con fecha 04/02/10 nos llaman la EMVS con caracter urgente para volver a presentar el certificado de titularidades pero con fecha de la firma del contrato y nos dan un escrito en el que nos informa que de no aportar dicha documentación, la consecuencia sería la denegación del visado.      LO QUE SE LES OLVIDO DECIRNOS ES QUE EN ESE MOMENTO YA ESTABAN DENEGADOS LOS VISADOS DESDE EL 05/01/2010, y lo que la EMVS estaba presentando era el recurso.          

Ahora mismo tengo el recurso que presento la EMVS a la CAM, que me han dado en la CAM y estoy pidiendo cita con la Sra. Estrella Sánchez (Directora de la EMVS), cita que me han anulado 2 veces y tengo pendiente me vuelvan a dar.

Lo que esta claro es que en caso de denegación definitiva de las ayudas, debe ser la EMVS la que indemnize, ya que es la obligada como promotora a la gestión de los visados y por negligencia en su tramitación no han sido aceptados y los solicitantes no pueden asumir las consecuencias de un tramite en que no participan y por otra parte en los requisitos para dichas ayudas no pone en ningun lado que es obligatorio tener el visado por lo que nosotros hemos cumplido con todos los requisitos (pero eso es otro tema mas complicado por que habria que cambiar la ley).

Bueno esperemos que se vaya solucionando, yo sigo a la espera de la reunión con Estrella Sánchez, os comunicaré cualquier novedad.

 

Fin del hilo
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