Hola Isabel,
La provisión de fondos es el importe adelantado -sujeto a posterior liquidación- que nos pedirá la gestoría de la Notaría en la que cada uno firme para hacer frente en nuestro nombre a los gastos derivados de la compraventa y, en su caso, de la hipoteca: escritura notarial, inscripción en el Registro de la Propiedad, pago a Hacienda del IVA de la compra y de AJD de la hipoteca, honorarios de Gestoría...
Esos son los gastos básicos que corresponden a todo comprador, pero además pueden pedirte provisión para el pago de la Plusvalía municipal y otro conceptos que por Ley tendría que asumir el vendedor, salvo que ambas partes pacten que los satisfará el comprador.
Te recomiendo que mires el contrato privado que firmaste con COGEINSA: el pago de algunos de esos gastos que tendrían que ser a cargo del vendedor, lo hemos asumido todos los compradores en nuestros respectivos contratos. Por eso hay gente de la fase I que está pensando en reclamárselos judicialmente porque la cláusula que firmaron (y firmamos también nosotros) sería abusiva por ser impuesta a todos los comrpadores (o firmas en estas condiciones o no hay venta).
Espero haberte sacado de dudas.